Tercero en el juicio contencioso administrativo federal

Es quien tenga un derecho incompatible con la pretensión del demandante.

En el supuesto de que el actor impugne un crédito fiscal sustentado en la determinación presuntiva de sus ingresos, con base en la información proporcionada a la autoridad hacendaria por una persona física o moral relacionada con él, debe llamarse a ésta con el carácter de tercero.

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