Documentos públicos firmados electrónicamente ofrecidos como prueba

Si pueden autenticarse a través de su sistema de verificación, deben valorarse.

En el juicio de amparo, los documentos públicos firmados electrónicamente que se pueden autenticar mediante un sistema digital especificado por la autoridad emisora deben evaluarse conforme a los artículos 129 y 202 del Código Federal de Procedimientos Civiles.

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