Ingresos de RESICO con intereses y salarios: ¿Reales, exentos, gravados?

Cómo debe computarse el límite de 3.5 MDP de ingresos.

De acuerdo con lo estipulado en el Artículo 113-E de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), pueden tributar en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) las personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, siempre que la totalidad de sus ingresos propios de la actividad o las actividades señaladas que realicen, obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no hubieran excedido de la cantidad de 3.5 MDP.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.