Habitación y alimentación excluidas del SBC: Sólo aquellas en especie

Si se entregan en efectivo no pueden ser excluidas de la base de cotización.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha establecido un criterio importante respecto al cálculo del salario base de cotización para fines de seguridad social, según lo estipula la Ley del Seguro Social. En una reciente determinación, la Sala ha clarificado que las prestaciones de habitación y alimentación sólo pueden excluirse del salario base de cotización si estas se proporcionan directamente en especie por parte del empleador.

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