Cómputo de plazo de prescripción de acciones de trabajadores despedidos

Inicio, suspensión y reanudación.

El plazo de prescripción para las acciones de trabajadores despedidos es de dos meses, comenzando al día siguiente de la separación. Este plazo se pausa con la solicitud de conciliación y se reanuda tras la emisión de la constancia de no conciliación o el archivo del expediente, adicionando los días que estuvo suspendido. Si el plazo finaliza en un día inhábil, se extiende al siguiente día hábil.

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