Cumplimiento de obligaciones fiscales en octubre, noviembre y diciembre, 2006

Repaso de los procedimientos para cumplir las obligaciones que restan en el ejercicio 2006.

El 28 de junio de 2006 fue reformado el Artículo 31 del Código Fiscal de la Federación (CFF) para establecer la obligación a todos los contribuyentes de presentar a través de medios electrónicos declaraciones, avisos, informes, solicitudes en materia de RFC y la información que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) señale. Conjuntamente con las nuevas obligaciones, los contribuyentes estarían obligados a cumplir con una nueva obligación fiscal en materia de Impuesto al Valor Agregado (IVA) consistente en proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, información sobre las retenciones de hubieran hecho durante el mes, e información sobre las operaciones que realicen con sus proveedores, desglosando el impuesto según la tasa de IVA que se cause. De esta forma, de acuerdo con los lineamientos del SAT, sería a partir del 2 de octubre de 2006, cuando los contribuyentes habrían quedado obligados a utilizar los medios electrónicos para el cumplimiento de sus obligaciones. El 28 de agosto de 2006 se publicó la IV Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006, en la que fueron modificados en su totalidad los capítulos 2.14., 2.15. y 2.16., los cuales regulan los procedimientos para realizar el pago de impuestos, y se reformaron una serie de reglas para indicar los nuevos procedimientos para presentar avisos al RFC, así como declaraciones informativas a través de estos medios. Estos cambios entrarían en vigor el 2 de octubre de 2006. Para estos efectos, el SAT se encontraba trabajando en un sistema computacional de información tributaria a través del cual los contribuyentes cumplirían con todas sus obligaciones, sistema comúnmente conocido como la “Solución Integral del SAT”; sin embargo, debido a que dicho sistema requiere de ciertas adecuaciones para que pueda operar en condiciones óptimas, y a que hubo un gran número de solicitudes para que la puesta en operación hasta el año 2007, y que los contribuyentes tengan tiempo de adecuar sus sistemas contables y de registro de operaciones, el SAT estableció los siguientes lineamientos para el cumplimiento de obligaciones, a través de la V Resolución de Modificaciones a la Miscelánea Fiscal para 2006, publicada el 29 de septiembre de 2006, en el Diario Oficial de la Federación: Avisos al RFC: A partir del lunes 30 de octubre entran en operación los módulos de Servicios e Identificación del Contribuyente de la Solución Integral a nivel nacional. Esto significa que desde esa fecha, todas las inscripciones y cambios al RFC y la asignación de obligaciones entre otros se realizarán apoyados en Internet. Declaraciones de impuestos: No es obligatorio presentar las declaraciones y pagos de impuestos de los meses de septiembre a diciembre de 2006 a través del nuevo mecanismo electrónico, para esto se podrá seguir utilizando el esquema que se había venido utilizando durante 2006. Se tiene la opción para las declaraciones y pagos de los meses de noviembre y diciembre de 2006, de hacerlas utilizando el esquema de la Solución Integral para aquellos contribuyentes que deseen familiarizarse con este nuevo esquema. Las declaraciones y pagos que se efectúen después del lunes 30 de enero de 2007 se realizarán, exclusivamente, vía la Solución Integral. Declaración informativa de IVA: Por el ejercicio 2006, se considerará cumplida la obligación de presentar la declaración informativa de IVA mensual siempre que se presente por dicho ejercicio la declaración informativa de clientes y proveedores a que obliga el Artículo 86, fracción VIII, de la Ley del Impuesto sobre la Renta. A partir de 2007, la declaración correspondiente a las operaciones de enero de 2007, deberán presentarse a partir de febrero de 2007, y así sucesivamente. Declaraciones informativas: Las declaraciones informativas de clientes y proveedores correspondientes al ejercicio 2006, se presentarán con base en los esquemas utilizados en 2005. Dictamen fiscal 2005: El dictamen fiscal correspondiente al ejercicio 2006, se presentará con base en los esquemas utilizados en 2005. Para conocer en detalle el nuevo mecanismo para presentar declaraciones y pagar impuestos, así como para elaborar y presentar la declaración informativa de IVA mensual, se comentan, respectivamente, en los siguientes artículos publicados en Fiscalia: Nuevo Procedimiento para Presentar Declaraciones de Impuesto, publicado el 20 de septiembre de 2006, en la sección Artículos. Nueva Declaración Informativa Mensual de IVA, publicado el 11 de septiembre de 2006, en la sección Artículos.  

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