- Fiscal
- agosto 26, 2019
Acuse de respuesta
Es un acto definitivo impugnable ante el TFJA.
Sobre el carácter definitivo de una resolución, la Segunda Sala de la SCJN se pronunció en el sentido de que una resolución es definitiva, sea expresa o ficta, cuando constituye el producto final o la voluntad definitiva de la Administración Pública, que suele ser de dos formas, siendo la primera: