Nulidad de cargos realizados a la cuenta del tarjetahabiente

Su declaración en juicio no provoca, como consecuencia directa, el pago de intereses moratorios demandado.

Cuando con motivo de un cargo indebido realizado por una institución bancaria a la cuenta de un tarjetahabiente, se declara en el juicio la nulidad de los actos que originaron esos cargos y, por consiguiente, se ordena restituir el numerario relativo, dicha nulidad no provoca, como consecuencia directa, el pago de intereses moratorios.

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