Procedencia del recurso revisión fiscal

Tratándose de la determinación de sujetos obligados.

Los artículos 248 del CFF (vigente hasta el 31 de diciembre de 2005) y 63 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (vigente a partir del 1 de enero de 2006), prevén la procedencia del recurso de revisión fiscal ante el Tribunal Colegiado de Circuito contra las resoluciones emitidas por el Pleno, las Secciones de la Sala Superior o por las Salas Regionales del ahora TFJA, que decreten o nieguen el sobreseimiento y las sentencias definitivas que dicten, entre otros supuestos, contra resoluciones que versen sobre la determinación de sujetos obligados.

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