Beneficios de tratados internacionales: Por encima de las leyes

Criterio de los tribunales en relación con la jerarquía jurídica de los tratados internacionales.

De acuerdo con la siguiente tesis de un Tribunal Colegiado de Circuito, los tratados internacionales celebrados por México con otros países deben aplicarse por encima de las leyes cuando éstos reglamentan y amplían los derechos constitucionales fundamentales. Este criterio ratifica aquél manifestado en mayo de 1999 por el poder judicial mediante la tesis con el rubro “TRATADOS INTERNACIONALES. SE UBICAN JERÁRQUICAMENTE POR ENCIMA DE LAS LEYES FEDERALES Y EN UN SEGUNDO PLANO RESPECTO DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL”. La tesis se transcribe a continuación: Novena ÉpocaInstancia: Tribunales Colegiados de CircuitoFuente: Semanario Judicial de la Federación y su GacetaTomo: XX, Septiembre de 2004Tesis: I.4o.A.440 APágina: 1896Materia: Administrativa Tesis aislada. TRATADOS INTERNACIONALES. SU APLICACIÓN CUANDO AMPLÍAN Y REGLAMENTAN DERECHOS FUNDAMENTALES. Conforme al artículo 133 constitucional, la propia Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la ley suprema de toda la Unión. Ahora bien, cuando los tratados internacionales reglamentan y amplían los derechos fundamentales tutelados por la Carta Magna, deben aplicarse sobre las leyes federales que no lo hacen, máxime cuando otras leyes también federales, los complementan. CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. Amparo en revisión 799/2003. Ismael González Sánchez y otros. 21 de abril de 2004. Unanimidad de votos. Ponente: Hilario Bárcenas Chávez. Secretaria: Mariza Arellano Pompa.  

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