Pago a una PM en régimen de flujo de efectivo ¿Cómo sé cuándo deducir?

Estas erogaciones se deducen al pago, pero no hay forma de saber si el proveedor está en ese régimen.

Desde 2017, las personas morales con ingresos no superiores a 5 millones de pesos anuales y constituidas por personas físicas, tienen la facilidad de causar el Impuesto sobre la Renta (ISR) sobre una base de flujo de efectivo, de la misma forma en que lo hacen las personas físicas actualmente.

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