15/Sep/23 10:24
Municipio devuelve predial ¿tratamiento?
Buen día.
Persona moral se ampara Vs impuesto predial en el año 2019, pero lo paga, por lo que en ese ejercicio 2019 recibió el CFDI que amparó la deducción.
Ahora, en 2023 se resuelve amparo a su favor, por lo que el municipio se ve obligado a reembolsar el importe que recibió por concepto de impuesto predial. Se preguntó en Municipio si era necesario expedirles CFDI por dicho importe recibido, a lo cual comentaron que no.
Se deposita el cheque en bancos del contribuyente, se considerar como 'otros productos', pero al momento en que vaya a realizar el pago provisional no van cuadrar los ingresos precargados en la página del SAT, debido a que el contribuyente no expidió CFDI por ese recurso recibido.
Veo las siguientes opciones:
Expedir un CFDI a publico en general o buscar los datos del Municipio y expedirlo aún cuando no le fue solicitado
No expedir CFDI, y al momento de presentar el pago provisional de ISR, incluir en INGRESOS NOMINALES ADICIONALES la cantidad recibida por parte del Municipio
En su opinión ¿habría complicaciones en la declaración anual por este mismo motivo?
Un saludo