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22/Jun/04 16:09
Seg pagados x anticipado y dep en garantia, juegan par I.A.

Que tal mi duda es la siguiente:
Debo considerar los seguros pagados por anticipado, y los depositos en garantia, para la determinacion del Impuesto al Activo.?
Gracias por su opinion!!!!
 
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BR1
Coronel

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23/Jun/04 8:24
Re: Seg pagados x anticipado y dep en garantia, juegan par I

Si, caen en la redacciíon que dice "entre otros" y además no están expresamente excluidos.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
General de Brigada

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23/Jun/04 10:09
Re: Seg pagados x anticipado y dep en garantia, juegan par I

Me imagino que cuando te refieres a "seguros pagados por anticipado", te refieres a "primas de seguro pagadas"; partiendo de esa premisa, FISCALMENTE hablando, ese concepto lo llevas directamente a gastos; luego entonces, en mi opinión, NO jugaría para efectos del IMPAC como activo financiero, por no tratarse de Inversiones en títulos de crédito, ni de cuentas por cobrar.

Saludos
 
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Miriam
Subteniente

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23/Jun/04 11:16
Re: Seg pagados x anticipado y dep en garantia, juegan par I

Saludos...!!

Coincido con "Miriam" los seguros no entran dentro de el concepto de activos financieros pero los depósitos en garantia si entran...!
 
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Alucard
Teniente

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23/Jun/04 12:31

COINCIDO CON MIRIAM EN QUE "FISCALMENTE HABLANDO, ESE CONCEPTO LO LLEVAS A GASTOS" PERO ESO ES PARA ISR Y LA PREGUNTA ES PARA IMPAC, NO ?
 
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WILLIAMCH
Sargento Primero

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23/Jun/04 13:10
Re: Seg pagados x anticipado y dep en garantia, juegan par I

Saludos...!!

Es buena tu observacion "WILLIAMCH" pero... acaso no el IMPAC es un impuesto complementario del ISR...?? por consiguiente muchos conceptos del IMPAC los toma de la LISR, incluso en el art 7-A los pagos provisionales de ISR los puedes acreditar contra IMPAC y viceversa...

o que opinan...??
 
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Alucard
Teniente

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23/Jun/04 14:29
Re: Seg pagados x anticipado y dep en garantia, juegan par I

:idea: YO TE SUGIERO QUE LEAS EL ART. 4 DE LIA, EN DONDE TE MENCIONA A MUY GRANDES RASGOS LO QUE SE CONSIDERA COMO ACT. FINANCIEROS.

EN LA FRACC III TE MENCIONA CUENTAS Y DOCUMENTOS POR COBRAR NO POR DEBENGAR, ASI QUE TUS PAGOS ANTICIPADOS NO SE CONSIDERAN, MISMO QUE NO SUCEDE CON LOS DEPOSITOS EN GARANTIA, QUE SE PUEDEN HACER EFECTIVOS.
 
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DANIELAYHA
Soldado

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23/Jun/04 14:54

[color=blue:c482898ba8]Para éstos efectos, considero que los seguros pagados por anticipado, no entran para determinar el IA, salvo que se trate de cargos diferidos sujetos a amortización de acuerdo al 39 de LISR; por otro lado, porque considerar los depósitos en garantía para éstos efectos, si al final de cuenta no tendrás gastos o ingresos, y no tienes saldo pendiente de deducir.[/color:c482898ba8]
 
jhiguera Hoy es el mejor día de tu existencia; se feliz.
 
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JHiguera
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23/Jun/04 17:42
Re: Seg pagados x anticipado y dep en garantia, juegan par I

LOS DEPOSITOS EN GARANTIA SON AQUELLOS QUE SE ENTREGAN COMO "A CUENTA DE ALGO", GARANTIZANDO OTRO BIEN, SIN EMBARGO NO ES COMPRAR EL BIEN EN SI, POR LO TANTO ES UN DINERO QUE TU ENTREGASTE PARA COMPROMETERTE A REALIZAR O NO REALIZAR UN ACTO, POR LO TANTO ESE DINERO ES UN DERECHO QUE TU TIENES AL MOMENTO QUE VENZA EL PLAZO PARA LA REALIZACION DE DICHO ACTO.
 
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DANIELAYHA
Soldado

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23/Jun/04 18:56
Re: Seg pagados x anticipado y dep en garantia, juegan par I

Segu LIA
Art 2 Fracc II .. en el caso de seguros por devengar.
Art 2 FR I Activos financ. rel art 4 fr III en el caso de depositos en garantia.
 
No hagas a otro lo que a ti no quieres que te hagan
 
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DanielRuvalcabaR
Cabo

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