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22/Feb/17 13:11
¿ OBLIGADO A PRESENTAR LA PRIMA DE RIESGO?

En el ejercicio solo tuve incidentes(por decirlo así), los cuales fueron clasificados como enfermedad general, ninguna de estas constituye riesgo de trabajo, según los avisos recibidos.


¿ Estoy obligado a presentar la prima de riesgo de trabajo?, ya que me entra una duda con la siniestralidad.
 
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CPJoseph
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23/Feb/17 15:16
Re: ¿ OBLIGADO A PRESENTAR LA PRIMA DE RIESGO?

Se sugiere revisar el 32 del Reglamento aplicable. Puede que si, puede que no.

¿Qué prima tiene actualmente?, ¿Cuándo inicio operaciones?, variantes son varias, favor de realizar lectura sugerida y abundar.
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
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23/Feb/17 15:52
Re: ¿ OBLIGADO A PRESENTAR LA PRIMA DE RIESGO?

Por ley si ya tiene un año COMPLETO (365 o 366 día) cotizando e inscrito como patron, debe presentar su DART. No depende de que si presento o no accidentes. Esta declaracion a todo patron, le ofrece la oportunidad de disminuir su prima por RT, en el caso que no cuente con siniestralidades como las que ya comento, asi que seria muy bueno presentarla por esta razon. Si es una obligacion, pero conlleva ademas de una resposabilidad un beneficio. Se revalua su prima y riesgo actualizandose para el año subsecuente.

Mediante la formula de la DART vuelve a establecer un grado de siniestralidad, no solo cuando inicio el negocio, cada año nuevo (completo) se tiene esta oportunidad. Tuvo siniestralidades pues quizas aun asi pudiera disminuir dependiendo de entramado de la formula y las circunstancias

Pero otra proteccion, se topa la disminucion o el incremento de prima.

Cuando la ley le exhime no presentar la DART son muy pocas debe analizarlas y observar si se encuentra en esos casos.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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24/Feb/17 09:05
Re: ¿ OBLIGADO A PRESENTAR LA PRIMA DE RIESGO?

Gracias por los comentarios.

Efectivamente estoy manejando la prima mínima de riesgo (0.50000). Aun así, voy a checar el articulo sugerido. Y comento.
 
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CPJoseph
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24/Feb/17 13:38
Re: ¿ OBLIGADO A PRESENTAR LA PRIMA DE RIESGO?

Ok su caso es para no presentar la DART.

Le anticipe que la LSS exhime a veces presentar la DART, en estos casos es preferible no tomar en favor esta prerrogativa. No representa un beneficio sustancial y pudieramos perder mas que con el cumplimiento a consecuencia que se evita a la autoridad dejarle las puertas abiertas que actuen discresionalmente con una multa o en interpretaciones obtusas y retrogradas que pudiera desarrollar.

Lo anterior representaria algo similar en el futbol. No les daria oportunidad de tocar el balon a sus adversarios (las autoridades de seguridad social) por lo que jamas podran meterles un gol desde su iniciativa de ellos.

Editado: Febrero 24, 2017 13:42:36
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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