23/Feb/17 15:52
Re: ¿ OBLIGADO A PRESENTAR LA PRIMA DE RIESGO?
Por ley si ya tiene un año COMPLETO (365 o 366 día) cotizando e inscrito como patron, debe presentar su DART. No depende de que si presento o no accidentes. Esta declaracion a todo patron, le ofrece la oportunidad de disminuir su prima por RT, en el caso que no cuente con siniestralidades como las que ya comento, asi que seria muy bueno presentarla por esta razon. Si es una obligacion, pero conlleva ademas de una resposabilidad un beneficio. Se revalua su prima y riesgo actualizandose para el año subsecuente.
Mediante la formula de la DART vuelve a establecer un grado de siniestralidad, no solo cuando inicio el negocio, cada año nuevo (completo) se tiene esta oportunidad. Tuvo siniestralidades pues quizas aun asi pudiera disminuir dependiendo de entramado de la formula y las circunstancias
Pero otra proteccion, se topa la disminucion o el incremento de prima.
Cuando la ley le exhime no presentar la DART son muy pocas debe analizarlas y observar si se encuentra en esos casos.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?