Buen día,
Espero me puedan orientar en la siguiente situación.
Un contribuyente Persona Física con actividad de arrendamiento, desde el inicio ha realizado pagos mensuales de ISR, IVA e IETU en su momento, como lo describió la guía de obligaciones.
En la opinión de cumplimiento manifiesta inconsistencias por pagos Trimestrales sin presentar.
Ahora se recibió un exhorto de presentar 'Declaración Trimestral de ISR y Pago definitivo trimestral de IVA'.
La verdad no sé si deba presentar un aviso para aclararlo, ó presentar las complementarias trimestrales.
Además no sé porqué cambió la forma de presentar si no se ha realizado ninguna modificación.
Gracias por la atención.
Saludos
Alicia
Te voy a contar que tuvimos un caso similar. El Arrendador tiene muchos años haciendo sus pagos mensuales y al obtener la Opinión de Cumplimiento observamos que tenía desde 2014 omitidos sus Pagos Provisionales de ISR e IVA Trimestrales.
Mi amiga contador llamó al SAT y le dijeron que hiciera complementarias.
Yo le dijé que no. Que hiciera un caso de aclaración al SAT, que el cliente nunca había hecho un cambio de obligaciones fiscales. Y que ahora en su Constancia de Situación Fiscal dice que sus pagos son Trimestrales desde 2014 y en su Opinión de Cumplimiento tiene omisiones desde 2014.
Para esto recordamos la prórroga del SAT para hacer los Pagos de Enero y Febrero de 2014 en Marzo de 2014 por los ajustes a su plataforma . . . etc etc
En fin, se presento el Caso de Aclaración y en una semana le hicieron el cambio en sus obligaciones:
En atención a su aclaración se le informa que fue realizada la corrección de su periodicidad del cumplimiento de las obligaciones fiscales de trimestrales a mensuales en apego a lo establecido en la regla I.2.5.11 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 ya que presento su primera declaración provisional del ejercicio fiscal de 2014 de manera mensual.
Gracias, Silvestre, por tu pronta respuesta.
Haré la aclaración en el portal del SAT.
Para complementar la aclaración, anexaron el pago provisional y la R1 ó R2 ? ó documentación adicional.
Saludos
Alicia