05/Oct/16 13:34
Re: PAGO DE DIFERENCIAS POR PRESENTACION EXT DE SALARIOS MIXTOS
El IDSE no acepta modificaciones a los tramites ya realizados. Esto provoca que se haga lo que intenta realizar colega.
El problema radica que el contribuyente ya pago nominas, en julio, en agosto, en septiembre y apenas se piensa regulizarse por diferencias en todos estos meses.
El aviso debe fecharse su Mod Salarial correcta desde Julio, puesto los salarios se cubrieron de esta manera y tambien asi se timbraron. Para luego proceder a pagarse los SUAS por diferencias como ya se realizaron.
Existira una discrepancia, pues el aviso apenas es entregado hoy (el cambio) con fecha de tramitacion hoy. Es decir, no habia obligaciones desde atras. En especial que los montos de las SBC deben ser superiores a los que se venian declarando.
El IMSS tiene un programa llamado SIVEPA SIstema de VErificacion de PAgos, que lo va desarrollando conforme a los avisos entregados por el patron y los pagos realizados de cuotas de seguridad social. Saldran pagos a favor.
Lo correcto de acuerdo al CFF es hacer el tramite con los datos correctos por el aviso modificatorio, pero el IDSE no lo permite, entonces debiera hacerse por escrito y en papel o por un DISPMAG y presentandolo en las oficina de la subdelegacion en el departamento de AFILIACION, recopilandose el acuse de recepcion correspondiente, verificando que hayan sido procesados cada movimiento a entera satisfaccion.
Mi apreciacion es que los avisos deben ser presentados con los datos correctos POR ESCRITO. EVITANDO QUE en un SIVEPA si bien saldria a favor, no le harian un PAE Procedimiento Administrativo de Ejecucion puesto presentaria datos a favor. Pero ADEMAS SE PROTEGEN LOS DERECHOS de los trabajadores por NO integrarse apropiadamente los salarios DESDE LAS FECHAS APROPIADAS de los trabajadores en el IMSS, aun y cuando si reporta los pagos correspondientes. Pues el IMSS considera los SBC reportados y no los pagados como definitivos para los efectos de los servicios a entregarles a los trabajadores. Se traduce hasta en las cuantias de los SBC cotizados para los fines de pensiones e indemnizaciones (ayudas economicas), etc.
Hasta ahora no tienen un procedimiento de verificacion en curso de timbrado vs lo pagado y lo declarado por avisos.
Saludos
Editado: Octubre 05, 2016 13:38:35
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?