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04/Oct/16 11:45
Pension por invalidez y divorcio

Quisiera saber si pudieran ayudarme con una consulta referente a una pensión por invalidez, cuando me pensiono en Seguro Social me encontraba casado, pero hace poco inicie proceso de divorcio de mi mujer, y me quede con mi hijo, solo se solicito la pensión para el menor ya que no tenia conocimiento de que me quitarían cierto porcentaje del monto que percibo mensualmente; por el momento me encuentro en una relación sentimental con otra persona con la cual pretendo casarme ella tiene 2 hijos, mis preguntas son las siguientes:

Tengo que notificar al seguro de mi divorcio?, y si no lo hago? para que no me quiten ese porcentaje...
Ya no se puede solicitar la pensión para mi después de que se termine el divorcio?
Si me caso también recibiría porcentaje nuevamente por mi cónyuge e hijos adquiridos? o mi pensión ya no se incrementaría?
 
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Presmin
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05/Oct/16 13:54
Re: Pension por invalidez y divorcio

Su pension es por INVALIDES y se le otorga por el motivo de carece los medios de subsitencia para laborar al 100% y nada tiene que ver con quien este casado u otro tipo de sus asuntos personales, religion, estado civil, ideologia, color de su raza, si tiene hijos o no. Es meramente por que estuvo trabajando y ahora se encuentra sin la capacidad para laborar plenamente, por este motivo se le otorga la pension. Si desaparece este motivo, se le retira o se le mengua o incluso se incrementa de acuerdo a su grado de invalidez. Es la situacion unica y condicionante para el otorgamiento de esta pension.

Si se casa o se divorcia, tiene hijos o se le mueren, no le variara la pension. Por lo menos no tiene porque suceder esto. Pues como ya le explique solo tiene que ver su condicion por la salud y la capacidad para laborar plenamente

Por ahora su esposa actual debe tener la calidad de beneficiaria, si es que aparece activo como derechohabiente en el seguro social, al igual que sus hijos superstites. Si se divorcia pues lo correcto seria reportarse para eliminar ese beneficiario o en el momento de llevar el nuevo acta de matrimonio se actualiza el beneficiario procedente. Pero esta inscripcion no obedece o no le atañe al ramo de INVALIDEZ de su seguro. Impacta al seguro de servicios medicos que es otro seguro que tiene el seguro social.

Digamos que el Seguro Social (regimen obligatorio cuando se trabaja con patron) se tienen al menos 5 seguros al menos con esta INSTITUCION, mas otros 2 ante el SAR e INFONAVIT todos son independientes entre si, cada uno tienen sus reglas. Quizas algunas pocas de las reglas son iguales para todos los seguros, pero lo que intento señalar que los familiares beneficiarios solo proceden atañir a seguro relativo a seguridad social por servicios medicos o de asistencia medica. No van al resto de los seguros, ese solo son derechos propios del trabajador, excepto GUARDERIAS, que si es un derechos propio y del menor bebe a dejarlos. En el resto de los seguros son solo para el trabajador exclusivamente.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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05/Oct/16 13:58
Re: Pension por invalidez y divorcio

Por otra parte. Al casarse los conyuges les nace derechos y obligaciones. El ofrecer alimentos es uno de ellos. Al divorciarse pudiera conservarse algunas obligaciones, como el dar alimentos a la pareja en el caso de que ella no trabaje y se dedico al hogar. pero si ella trabaja, no tiene porque ofrecerse alimentos. O incluso dependen de como lo acuerden en el divorcio.

Pero lo anteriormente señalado son para fines civiles, no tiene nada que ver con los fines de seguridad social.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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