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05/Jun/16 21:38
Que tipo de sociedad armar?

Buenas tardes,

Soy nuevo del foro y espero de haber escogido la sección correcta. Brevemente, me encuentro en esta situación:
- Con otras dos personas, quisieramos hacer una sociedad.
- Los tres vamos a aportar capital.
- De los tres, yo soy el unico que va a trabajar en la misma y siendo el posesor del know-how también seré quien toma cualquier decisión inherente a la parte operativa de la empresa.
- Concordamos que por el know-how me toca una cuota de la sociedad del X%, más la cuota relativa al capital aportado.

Mi pregunta es: que tipo de sociedad nos conviene armar, y que medidas tendría que tomar para que sea reconocido ante el imss y las instituciones involucradas mi rol de trabajador con consecuente derecho a pensión, seguro etc?

Traté de ser lo más completo posible pero soy un poco ignorante en materia, así que cualquier otra información que se necesite por favor haganmelo saber. De todos modos cualquier sugerencia o consejo son bienvenidos!

Gracias, Andrea.
 
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cptrazzo
Soldado

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06/Jun/16 10:29
Re: Que tipo de sociedad armar?

Cualquier sociedad de las que escojan para el Seguro Social; NO sería problema alguno. De cualquier manera sería el mismo pago de cuotas.

El único problema es que alguien debe ser el patrón y otra persona distinta el trabajador o varios de estos, que todos sean subordinados, que se cubran nóminas, se integren al salario base de cotizaciones, se informen, se coticen y cubran las cuotas.

La subordinación se probaría por diferentes medios, con un contrato laboral, donde claramente se indique que funge como trabajador y quien lo sería como patrón. Los recibos de nóminas son otro medio de probanza. Así como cualquier otro documento que implique la existencia del nexo laboral antes descrito. De este modo habría de inscribirse un patrón ante el IMSS y también los trabajadores.

Pero debieran definir claramente, que partidas irían como socio, asociado o accionista, según la sociedad y que otras por salarios por remuneraciones por la prestación de servicios subordinados. Los primeros se definen en el acta constitutiva de una sociedad y los segundos como se ha manifestado bajo la realización de un contrato laboral.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
General de División

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06/Jun/16 22:41
Re: Que tipo de sociedad armar?

Para saber que tipo de sociedad se requiere conocer que actividades van a desempeñar? Y para ser trabajador, si mencionas que solo tu conoces el know-how, de quien vas a recibir ordenes??


Saludos
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
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juancarm
Teniente Coronel

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