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16/May/16 17:59
calculo de pension

Buen día. alguien me podria ayudar con la siguiente duda.

estoy por pensionarme y tengo 6 años trabajando para 2 patrones.

el seguro social sumara mis dos sueldos para mi pension o el calculo es diferente?

alguien me puede decir como es calculo y su fundamento?

Muchas gracias por su ayuda!
 
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spichardoc
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18/May/16 11:07
Re: calculo de pension

Antes de pensionarse es importante analizar e investigar cuanto recibira de manera efectiva cada mes cuando se pensione. 'Preferentemente' no hacerlo a los 60 años y planear incrementar su pension es un paso muy importante y le ayudara a la economia personal enormente.

Todos intentan cumplir con los requisitos MINIMOS de ley, cuando es mucho mejor cumplir de manera sufiente y sobrada como a continuacion le indico:

a) 500 cotizaciones ley vieja, 1250 ley nueva. Es decir cotizar 10 años y 25 años aproximadamente y respectivamente. Es mejor hacerlo por 2000 semanas cotizadas por ambas leyes.
b) No observan que los SBC cotizados pudieran estar muy bajos, les consideraran el promedio de los ultimos 5 ó 15 años segun la ley que se escoja para pensionarse.
c) si se tiene opcion de escoger bajo que regimen desearia pensionarse, es preferible en practicamente todos los caso, hacerlo por la ley vieja. Es decir, escoger SIEMPRE la ley vieja. A menos que se sepa que morira muy rapido y que las mensualidades de la pension por ley vieja sea muy bajas y nunca superara al monto de las Afores.
d) De ser posible pudiera escogerse pensionarse a los 65 años, o a una fecha lo mas cercanamente posible 63 o 64 años de este modo se maximiza la pension.
e) Dependiendo de la fecha que escoja para pensionarse empezar 5 años antes en ley vieja o 15 en ley nueva para analizar y planear de como hacerle para incrementar los SBC durante estos periodos señalados. El COVORO o la modalidad 40 es la opcion ideal para hacerlo, sin importar que se trabaje Art 218 LSS.
f) Intentar hacer cerca lo mas posible de cotizaciones 500 sería para una pension pauperrima, 2000 cotizaciones será para una pension al 100% y con mayor decoro
g) investigar el historia computado de patrones ante el IMSS, si faltase alguno solicitarle al seguro que le incluya las semanas no computadas faltantes. Si hay problemas de homonimia es importante regularizarlos mucho antes de que se aplique el tramite de la pension.
h) Revisar si ya mantiene al 100% su conservacion de derechos para los efectos de pensiones


Retomando su pregunta. En ese caso se suman los 2 SBC por ambos patrones, los cuales no deben superar los 25 VSMG DF al dia por cada semana de cotizaciones computado. Pero de no superarse, en los ultimos 5 años seria importante ver si se pudiera tomar la opcion del inciso d) COVORO es ideal para maximizar la pension
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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18/May/16 14:40
Re: calculo de pension

Buena tarde enrique9727:

Me llama la atención tu respuesta, en especial lo siguiente:

e) Dependiendo de la fecha que escoja para pensionarse empezar 5 años antes en ley vieja o 15 en ley nueva para analizar y planear de como hacerle para incrementar los SBC durante estos periodos señalados. El COVORO o la modalidad 40 es la opcion ideal para hacerlo, sin importar que se trabaje Art 218 LSS.


Tengo muy poco conocimiento en cuanto a la LSS, pero ultimamente he escuchado mucho la opción de la modalidad 40 pero únicamente a personas que ya fueron dadas de baja y desean voluntariamente seguir cotizando, en tu comentario mencionas que no importa que se trabaje ¿aún así puedo decidir aportar voluntariamente?.

Viendo el artículo 218 veo que dice que 'al ser dado de baja, tiene el derecho a continuar voluntariamente...' y en el 220 que la 'continuación voluntaria termina por: III) Ser dado de alta nuevamente en el régimen obligatorio, en los términos del artículo 12 LSS', por esto me interesa saber en base a tu experiencia si realmente es posible realizar dichas aportaciones voluntarias aún cotizando para un patrón con la finalidad de como bien lo mencionaste obtener una ayuda en nuestra economía personal.

Agradezco tus comentarios, saludos.
 
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Oscarbm
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19/May/16 16:55
Re: calculo de pension

Mi estimado, mas claro que el agua no ahí mas, tu mismo lo acabas de decir según el fundamento 218 puede seguir estando dado de baja y se cancela una vez que se da de alta en el régimen obligatorio (Art. 220).

para mi que fue un desliz al exponer esta informacion
 
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Transpoalfa
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27/May/16 17:45
Re: calculo de pension

afirmativo el COVORO o modalidad 40 no debe estar cotizando en el regimen obligatorio y no haber transcurrido mas de 5 años. Pero si se estuviera ahorrandose aportaciones adicionales no afecta, si se hace o no.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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