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15/Feb/16 22:44
ISR RETENIDO DE ASIMILADOS ENTERADOS AL SAT, SIN CONTAR CON EL CFDI

En el 2015 se realizó un pago por concepto de asimilados a salarios a socio de sociedad civil, se retuvo el impuesto correspondiente y se realizó el pago al SAT. En el 2016 veo que no se cuenta con el CFDI.

Al no contar con CFDI el pago no es deducible para la SC, pero la persona física si tuvo un ingreso y debe pagar impuesto. Por otra parte en el cálculo anual resulta un ISR pagado de más a favor de la persona física, cuál es el tratamiento fiscal de este impuesto?

Si alguien me puede orientar por favor?, muchas gracias.
 
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Osuna
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16/Feb/16 08:41
Re: ISR RETENIDO DE ASIMILADOS ENTERADOS AL SAT, SIN CONTAR CON EL CFDI

Buen Dia

Antes que nada hay que analizar las diferentes circunstancias que planteas

1.-La sociedad civil debe expedir el comprobante aunque sea con fecha de este año a fin de reconocer tanto la salida del pago como la disposición del comprobante a favor de quien le presto el servicio independiente.

2.-Presentar al declaración informativa de salarios y conceptos asimilados

3.-Para efectos de la deducibilidad hay que saber si la sociedad es un titulo II o un titulo III ya que si fuera II no seria deducible por no haber expedido el comprobante en tiempo como los requisitos que establece la ley de renta.

4.- En el calculo anual de la persona física si es que procede puede solicitar devolución siempre y cuando tenga la constancia y documentos que demuestren el saldo a favor



Saludos
 
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FISCIVAN11
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16/Feb/16 16:17
Re: ISR RETENIDO DE ASIMILADOS ENTERADOS AL SAT, SIN CONTAR CON EL CFDI

El titulo III es de sociedades sin fin de lucro, por lo que la SC es título II y no es deducible para ISR el pago de asimilados sin CFDI, sin embargo hoy hablé a marcasat y me dijeron que lo emitiera con fecha de hoy y que en el concepto se especificara a que mes correspondía el egreso por pago de asimilados y que lo podía hacer deducible. Puede ser que se haya publicado algo aplicando este criterio recientemente?.
 
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Osuna
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16/Feb/16 17:41
Re: ISR RETENIDO DE ASIMILADOS ENTERADOS AL SAT, SIN CONTAR CON EL CFDI

Debes elegir la opción que hasta cierto puto te genere menos problemas, con relación a los tipos de sociedades puedes ser sociedad civil y ser un titulo III es decir sin de deducciones al no ser contribuyentes del ISR.

Ahora es correcto lo que te comentaron por teléfono puedes emitir el comprobante con fecha actual haciendo referencia al momento en que se devengo el servicio.

Pero se trataría de una deducción contable no fiscal ya que si revisas el articulo 27 fracción XVIII , será la base legal que la autoridad lo considerará para su no deducibilidad ya que por omisión no estas cumpliendo con todos los requisitos que se establecen en este titulo con independencia de que deberás cumplir con las demás disposiciones antes mocionadas pero desafortunadamente la persona física si acumulará el ingreso y tu no podrás tener la deducción fiscal.


Saludos espero a verte ayudado en el análisis y al final tu tienes la ultima palabra.
 
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FISCIVAN11
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16/Feb/16 21:38
Re: ISR RETENIDO DE ASIMILADOS ENTERADOS AL SAT, SIN CONTAR CON EL CFDI

Muchas gracias por su apoyo, me fue de mucha ayuda. Saludos!
 
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Osuna
Soldado

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