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25/Ago/15 14:42
Puede un empleado que no estuvo vigente en el ejercicio anterior demandar por pago ptu?

Hola, que tal.

Tenemos una Empresa que no había tenido empleados, y se aseguro un empleado ahora en el 2015 en Febrero, sin embargo en mayo se despidió y dio de baja por abuso de confianza.

Ahora a prinicipios de este mes nos llego una diligencia Extraordinaria por demanda pago ptu del ejercicio 2014 en la cual menciono el inspector hubo queja de un trabajador, la cual se concluyo satisfactoriamente por lo antes mencionado.

Sin embargo, mi duda es si cualquier persona puede demandar pagos de ptu en las Empresas sin comprobación de que realmente son trabajadores de dicha Empresa a la cual demandan, asi como también que laboraron durante ese periodo que exigen el reclamo, porque afectan.


Gracias por sus comentarios.
 
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cpallares
Capitán Primero

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26/Ago/15 12:59
Re: Puede un empleado que no estuvo vigente en el ejercicio anterior demandar por pago ptu?

buenas tardes

en primera solo hay derecho a reparto a los trabajadores que en año con derecho que en tucaso es 2014 tengan al menos 60 dias laborados y obviamente que hayan sido trabajadores de la empresa, como comentas que al parecer no reconoces al empleado es preferible que atiendas esta diligencia negando toda relacion con esta persona, pero si atiendelo

saludos
 
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isdf55
Soldado

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26/Ago/15 15:19
Re: Puede un empleado que no estuvo vigente en el ejercicio anterior demandar por pago ptu?

isdf55:
...tengan al menos 60 dias laborados...


Depende del tipo de contrato, Art. 127 LFT

Saludos
 
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ByPaco
Teniente Coronel

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27/Ago/15 14:21
Re: Puede un empleado que no estuvo vigente en el ejercicio anterior demandar por pago ptu?

Le comprendo que pareciera aparentemente inapropiado que una persona ajena sea el responsable de una denuncia. Pero en ocasiones asi funcionan las cosas.

Hay que entender que el trabajo es objeto o un bien social. Al ser social, cualquiera pudiera interponer una denuncia. Las autoridades deben atender este tipo de denuncias precisamente porque el trabajo es de caracteristica social. Otra situacion que lo encamina a que las autoridades del trabajo tomen el caso, es que en nuestro pais los trabajadores vienen siendo vulnerables por su ausencia de educacion, desconocen sus derechos e incluso los patrones tampoco tienen muy buena educacion y la tercera que pudiera motivar a que las autoridades actuen es la posibilidad de aplicar algo de corrupcion.

Pero si la empresa cuenta con su declaracion anual por el ISR, de ahi sale la base para el reparto de la PTU, debe mostrar sus proyecto de reparto, los cheques y recibos formulados para el reparto. Al presentarlos lo que le sea aplicable, de este modo se le va dando tramite a la denuncia. Si acaso algunas preguntas le haga la autoridad, pero no estaria en posicion de juzgar lo que se realizo como actividades del reparto. De tener los elementos quizas le pidan un copia para darle atencion al quejoso de que le corresponde reclamar o porque no.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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