18/Jun/15 17:56
Re: Modificacion de factor de retencion
Anali, buenas tardes:
Esta en lo correcto en todo lo que ha comentado.
Si hay cambios de factores o procedimientos de retencion debe informarlo el INFONAVIT.
Es poco comun recibirlos. Por esta razon los EBAs se consideran como avisos. El primer EBA es un aviso, a partir del dia siguiente del periodo comprendido de ese primer aviso, procederia cambiarse los calculos por las amortizaciones.
No haga caso de los diretes del INFONAVIT, de todas las dependencias de las autoridades por contribuciones son los menos capacitados.
Desgraciadamente ahora hasta los EBAS uno tiene que estar guardando, pues es la prueba de que son avisos en la primera ocasion.
Quien le diga lo contario, que le deje la fundamentacion legal al respecto.
saludos
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?