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07/May/15 20??:
contabilizacion de un recibo de honorarios

el recibo de honorarios expedido en guanajuato dice:
subtotal 22500.00
iva 3600.00
iva retenido 2400.75
isr retenido 2250.00
cedular 450.00

mi duda es: Una persona moral considera como acreditable el 100% o solo la parte del iva acreditable menos el iva retenido. Y hasta que la PM realiza el pago de la retencion de iva es todo acreditable???

podrian darme el fundamento MUCHAS GRACIAS
 
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cpcsol
Soldado

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09/May/15 22:18
Re: contabilizacion de un recibo de honorarios

Hola cpcsol:

Te copio el Art 5 Fracc III y IV de la LIVA:

III. Que el impuesto al valor agregado trasladado al contribuyente haya sido efectivamente pagado en el mes de que se trate;

IV. Que tratándose del impuesto al valor agregado trasladado que se hubiese retenido conforme al artículo 1o.-A de esta Ley, dicha retención se entere en los términos y plazos establecidos en la misma. El impuesto retenido y enterado, podrá ser acreditado en la declaración de pago mensual siguiente a la declaración en la que se haya efectuado el entero de la retención, y

saludos
 
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Cone34
Capitán Primero

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