Según la regla 2.7.1.23 de la RMF 2015, se tienen que relacionar todos los comprobantes simplificados que se hayan emitido en dicho periodo, folio e importe.
Y las ventas que son menores de $100 por las que no existe obligación de expedir comprobante simplificado como se van a considerar en los ingresos si no existe ningún soporte documental.
Gracias.
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02/Mar/15 11:28
Re: CFDI GLOBAL BIMESTRAL
Buenos dias
aunque no des comprobante tienes que ir apuntando todas las ventas. por ejemplo en una nota vas poniendo todas las ventas de menos de 100 y al llenarse se cierra la nota.
Aprovecho: se tiene que desglosar el IVA en Ventas al publico en general? Esto para el 'beneficio/estimulo' de IVA/IEPS y pagar el % aplicable de conformidad con el 'DECRETO por el que se otorgan beneficios fiscales a quienes tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal.' publicado en el DOF el pasado 10-sep-14??