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23/Dic/14 16:35
PRESCRIPCIÓN DE IMPUESTOS POR PAGAR

Hola,

Les comparto lo siguiente,
Tengo un pasivo por impuesto local del 2% que prescribe en 2014, la idea es cancelarlo, pero no se que efecto tendría fiscalmente, ya que no se si acumularlo para efectos de ISR o enviarlo a ingresos exentos, alguien me comento que no se acumulan si provienen de un impuesto, pero por otro lado creo que si ya que la empresa se adueño de esos recursos (por asi decirlo) entonces bajo esa linea a seguir yo los acumulararía. ¿Ustedes que opinan?.

Pienso aplicar lo mismo para un ISR Diferido que traemos desde el 2001 que nadie sabe que es.
 
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Hrubio
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26/Dic/14 21:25
Re: PRESCRIPCIÓN DE IMPUESTOS POR PAGAR

Si un impuesto prescribe y lo tienes registrado como pasivo, para cancelarlo se genera un abono a resultados que a reserva de que encuentres un fundamento sólido para que sea exento, sería acumulable.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
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