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26/Nov/14 21:44
CFDI de una persona física, ¿cómo distingo si se debe aplicar la retención?

Hola a todos,

Espero que me puedan ayudar con la enorme confusión que tengo:

En la empresa que doy servicio, recibo muchas facturas emitidas por personas físicas.
Frecuentemente me quedo con la duda de que si el CFDI está correcto de no hacer las retenciones correspondientes de ISR e IVA, ya que hoy día no existe la distinción de Recibo de Honorario y Facturas (por actividad empresarial), y tampoco me sirve checar el Régimen que dice factura porque mencionan tanto las actividades 'empresariales' como 'profesionales'.

Si se trata de ventas de bienes o evidente actos comerciales, no tendría duda pero, muchas facturas menciona de 'Servicio'. Algunas veces me mandan diciendo 'Servicio Inmobiliario' y hace la retención solamente de IVA. Si le pregunto, me dice que porque está dado de alta como 'Comisionista' pero en la factura no dice 'Comisión'.

Mi pregunta resumida son las siguientes:

1) Cuando veo las CFDI de algún tipo de 'Servicios', de qué manera distinguir que si es el 'Servicio Personal Independiente' o 'Servicios de carácter empresarial' Y realmente cuál es el factor que divide entre 'Personal' y 'Empresarial'.

2) Cuando se trata del CFDI emitido por la persona dada de alta como 'Comisionista' (en este caso particular hablo de los servicios inmobiliarios), el hecho de ser 'Comisionista' ya se implica que su factura es de actividad empresarial? Me confundo ya que la factura dice solamente 'Servicios Inmobiliarios del mes de Octubre', (y son las facturas mensuales) que a mí me parece más por un servicio independiente que 'comisión' derivado de algún acto comercial....

3) En caso de que él que emite la factura no aplica correctamente la retención, por tomar como 'Empresarial' algo que NO es empresarial, podemos meternos en problema por incumplimiento de la obligación de retener???

Leí LISR, LIVA, CFF y también Código de Comercio y me cae que estoy más confundida que antes!! Agradezco si me ayudan para aclarar mi confusión y en su caso, si hay alguna sugerencia para pedir que modifique la descripción de la factura para que sea más fácil de distinguir a qué caen para saber qué retención se debe aplicar???

En las facturas, en lugar de obligar que pongamos hasta los 4 dígitos de la cuenta de donde viene el pago, no se podrá obligar que ponga si acto que está facturando corresponde a la actividad empresarial, servicio personal independiente o de comisionista??

Gracias y espero sus comentarios!!
 
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jazzytalk
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27/Nov/14 11:12
Re: CFDI de una persona física, ¿cómo distingo si se debe aplicar la retención?

Debes de pedir a tus proveedores de bienes y servicios, que sean mas explícitos en el tipo de concepto que manifiestan en los CFDI, por ejemplo, si es una comisión, invariablemente hacer mención que se trata de una 'comisión por venta de casas ............' y no el de 'servicios inmobiliarios................'

Si se trata de honorarios, solicitar que sean explícitos en el concepto, que no sea ambigüo, si es honorario, que así lo manifiesten.

Ante la duda, pide que cambien su CFDI y sean menos ambigüos,
 
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bandido07
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