03/Ago/14 00:10
Re: pago de iva rif
Existen 3 formas de pagarse las contribuciones con retraso:
a) en parcialidades, conforme a los arts 66 y 66A del CFF y requiere de autorizacion de la autoridad fiscalizadora
b) pagos diferidos, conforme a las reglas de facilidades administrativas que emite el SAT y mediante su autorizacion
http://www2.sat.gob.mx/adeudosfiscales/Asesoria/T1/T1_2/T1_2_2.pdf
c) pagos con declaraciones complementarias, se va cubriendo recargos por mora pero realizandose complementos y sin autorizacion de las autoridades fiscalizadoras
No le he respondido de manera directa a su pregunta, debe ir a las fuentes presentadas para poder escoger la mejor opcion a sus posibilidades, y que permitan las leyes en la materia.
¿Por que no se agrego este tema en su portal correspondiente?
Editado: Agosto 03, 2014 00:14:38
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?