22/May/14 17:25
Re: ATENCION REGIMEN DE INCORPORACION
Hola buenas tardes el RIF es un nuevo régimen que sustituye al REPECO y al régimen intermedio.
Para este nuevo régimen necesita presentar las declaraciones de manera bimestral y para este 1er año no se paga nada pero cada año ira aumentando un 10% hasta llegar al 100%
Este nuevo régimen tiene como finalidad enseñar al contribuyente que dependiendo de los ingresos que tenga va a pagar sus impuestos ya que como el REPECO el contribuyente solo pagaba una cuota y no Expedia facturas y ahora la mecánica se puede decir que ya va ser igual para todos con la única diferencia que cada año de lo que le toque pagar va a ir aumentando un 10% ya no existe pagar una cuota fija bimestral ya que después de los 10 años todos lo contribuyentes deberán pagar sus impuestos de acuerdo a lo ingresado.
En el RIF el contribuyente podrá emitir facturas cosa que no había antes en el portal del sat hay una parte que dice mis cuentas especial para aquellos que pertenezcan ahí ya que ahí es donde podrá realizar sus facturas ya sea a publico en general o a un cliente en especifico y en caso de que no le facture a publico general si no a un contribuyente que le solicite factura deberá pagar el IVA trasladado correspondiente.
Para pertenecer a este régimen las personas físicas con ingresos por actividades empresariales, hasta por 2 millones de pesos, que consistan en:
•Enajenación de bienes
•Prestación de servicios no profesionales
•Renta de bienes muebles
No pueden pertenecer a este régimen los socios de una empresa moral
“Si no eres parte de la solución, eres parte del problema”