17/Feb/14 10:27
Tratamiento de DAP y IEPS
Buenos días:
Cual es el tratamiento contable y fiscal que se le debe dar tanto al Derecho de Alumbrado Público, como al IEPS cobrado por Teléfonos de México.
En el caso de la CFE en su archivo XML únicamente considera los importes de la energía y del IVA, ¿Entonces, el DAP cobrado en la facturación se lleva a gastos a la cuenta de contribuciones?.
Por lo que respecta al IEPS cobrado por Telmex, incluso en el XML lo desglosa dentro del concepto de impuestos, ¿También se lleva a gastos a la cuenta de contribuciones?
Quedo en espera de sus valiosos comentarios.