Tengo dudas respecto a los CFDI de nómina, ojalá alguno de ustedes tenga resueltos estos temas y pueda comentar.
Del catálogo de Percepciones, la clave 017 Subsidio al Empleo, ¿qué dato debe asentarse? ¿El determinado según tabla del 10o transitorio o el Subsidio pagado en efectivo?
Del catálogo de Deducciones, la clave 002 ISR, ¿qué dato se debe ponerse? ¿El determinado según tarifa del artículo 96 de la LISR o el ISR según tarifa menos el subsidio al empleo según tabla del 10o. transitorio?
Si pudieran compartir por favor el fundamento legal.
La idea es no netear los datos. Todo el ISR completito se pone en el recibo, en contrapartida se pondria todo el subsidio, no solamente el que se tenga que pagar,
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?