20/Ene/14 03:06
Re: NOMINA EN EL RIF (REPECOS)
Disculpeme pero no es correcto algunos de los comentarios.
La obligacion nacio a partir del 1o de Enero de este año, asi se señala en el CFF y en la LISR
Sin embargo, bajo facilidad administrativa, pudiera diferirse este cumplimiento de obligacion de emitirse CFDI a partir del 1o de Abril
Pero debe presentarse aviso al SAT de que se adhiere a esta facilidad
Si no se presenta dicho aviso, pues continua la obligacion vigente que la ley marca.
Me parece que si se presenta este aviso con fecha anterior al 1 de Abril, pudiera regulazarse la emision de nominas de la manera como se venia realizandose en 2013. Pues este aviso seria presentado pues de manera extemporanea. Desconozco que si despues del 1o de Abril procediera el aviso de manera espontaneo, quizas si mientras no se lo requiera la autoridad continuaria la espontaneidad en los cumplimientos
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Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?