28/Nov/13 09:50
Re: CUAL ES EL TIEMPO LIMITE PARA RECLAMAR SALDO A FAVOR?
Primero que nada felicitarte, porque no diste una respuesta sin saber, eso es bueno, segundo por acudir a un lugar en el que se te puede apoyar y decidir ventilar tu duda en forma pública.
El tiempo que tienes para solicitar la devolución es igual al tiempo que tenga la autoridad para poder fiscalizar ese saldo a favor, dicho de otra forma, si la autoridad puede revisar, el contribuyente puede solicitar. De igual forma te comento que si bien no es algo normado si es práctica que para obtener una devolución debe ser un contribuyente activo, es decir, si se encuentra en suspensión de actividades la devolución no la van a operar.
¿Fundamento?, no lo voy a aportar, pero te voy a inducir en el lugar que puedes buscar, sugiero des lectura al Código Fiscal de la Federación, en el apartado de las facultades de comprobación de la autoridad, incluso si cuentas con versión en pdf de dicho CFF puedes poner en búsqueda la palabra prescripción y ver sus resultados, al margen de que puedes utilizar el buscador interno del foro para abundar en tu consulta.
sos al sos