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21/Nov/13 10:43
Regimen de Incorporacion - Requiero Asesoria

Buenos días,

Creo que al fin encontré el lugar idoneo para despejar todas mis dudas que tengo al respecto del pago de impuestos. Son varias cuestiones que hasta la fecha ningun contador ha sabido del todo de como se debe manejar.

Punto numero 1, actualmente estoy trabajando bajo nomina presentando mis declaraciones anuales como debe de ser y aqui no hay ninguna cuestion pendiente.

Adicional a mi empleo formal estoy empezando un negocio propio que tiene que ver 100% con el internet. No genero facturas, por lo tanto segun yo no tengo que pagar IVA. Me queda claro que tengo que pagar ISR pero lo que no se como voy a deducir mis gastos, si la mayor parte del gasto ocurre en el extranjero (contratacion de gente, recursos materiales, etc.) y a cambio no recibo ningun comprobante mas que confirmacion por correo electronico o algo así.

De entrada quiero saber si puedo ampliar mis actividades en hacienda, para que ademas de ser asalariado tambien estar como persona fisica con actividades profesionales.

Me queda claro que a partir del 2014 desaparecen los REPECOS, pero entra en vigor el Regimen de Incorporación, nuevamente mi duda sería yo podría ampliar mis actividades con ese nuevo regimen. Por cierto, mi ingreso anual va a ser mucho menor de los 2 millones de pesos.

Una duda mas, cuando presente mi declaracion anual en el 2015 como voy a distinguir los gastos de lo que se refiere a la nomina (hipoteca, gastos medicos, colegiaturas, etc.) con el resto que tiene que ver con mis actividades profesionales.

Les agradeceria mucho si me asesoraran al respect con las ideas que tengan, ademas busco un buen contador para que me ayude con esto mes con mes.

Espero no haberlos confundido demasiado, muchas gracias
 
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juanjojol
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21/Nov/13 11:43
Re: Regimen de Incorporacion - Requiero Asesoria

Buen día juanjojol:

¡¡ Bienvenido !!

De acuerdo a como se encuentra redactado el Art. 111 de la 'nueva' LISR, da a entender que debes realiza solamente actividades empresariales:

RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL

Artículo 111. Los contribuyentes personas físicas que realicen únicamente
actividades empresariales,
que enajenen bienes o presten servicios por los que no se
requiera para su realización título profesional, podrán optar por pagar el impuesto
sobre la renta en los términos establecidos en esta Sección, siempre que los ingresos
propios de su actividad empresarial obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no
hubieran excedido de la cantidad de dos millones de pesos.

En la legislación actual (Art. 134 LISR) Régimen Intermedio, señala lo mismo que el artículo citado, en lo personal se tienen en el despacho varios contribuyentes que tienen este Régimen y de sueldos.

Actualmente en Abril de 2014, al presentar la Declaarción Anual 2013, 'juntas' ambos ingresos, deduces lo permitido y las deducciones personales.

Para el 2015, como no va a existir ISR por pagar, pues no puedes incluir las deducciones personales respecto a lo referente al Régimen de Incorporación, solamente por lo relacionado con sueldos


Saludos





Editado: Noviembre 21, 2013 13:25:29
 
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CHAVALON
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21/Nov/13 11:58
Re: Regimen de Incorporacion - Requiero Asesoria

Buen día,

Creo que es importante que aclaremos cual es el giro de tu negocio más detalladamente, así como la forma en que realizas tus actividades, lugar donde se realizan, medios que utilizas para los pagos efectuados en el extranjero o cobranza obtenida, etc.

Saludos,
 
Christian S. 'Por mi raza hablará el espiritú'
 
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cdsantoyo
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21/Nov/13 12:29
Re: Regimen de Incorporacion - Requiero Asesoria

Antes que nada agradezco mucho por sus respuestas.

El giro de mi negocio es un sitio web donde vendo espacio publicitario principalmente a Google Ads y algunos otros medios publicitarios.

El medio de pago principalmente es paypal, tal como me llega el dinero se reparte y el resto se queda en mi cuenta como ganancia. Por decir un numero, el 80% de las transacciones se hace a traves de paypal y el resto cae en mi cuenta bancaria.

Me quedé con una duda de la amable respuesta de CHAVALON. Para el Nuevo Regimen de Incorporacion fiscal aplica solamente para los que no se require titulo professional. Aunque yo no tengo el titulo profesional para lo que hago, pero obviamente para un sitio web se requiere de conocimientos de programación, entre otras cosas. Quiere decir que este regimen solo aplica para el taquero o similar que no necesita de estudios para realizer sus actividades?

Nuevamente les agradezco mucho.
 
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juanjojol
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21/Nov/13 13:35
Re: Regimen de Incorporacion - Requiero Asesoria

Hola juanjojol:
...Quiere decir que este regimen solo aplica para el taquero o similar que no necesita de estudios para realizer sus actividades?.

En la página del SAT se definen cuales son las actividades que corresponden al Régimen Intermedio, las cuales para fines de comparación, deben ser las mismas ya que el Régimen de Incorporación se basó principalmente en este Régimen Intermedio:

Régimen Intermedio


¿Quienes pueden tributar en este régimen?

Quienes realicen actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas, siempre que sus ingresos brutos (ventas totales, incluyendo de bienes y servicios) no excedan de $4’000,000 de pesos anuales, en el año anterior, cuando inicien operaciones podrán estimar el monto de los ingresos.

Por ejemplo: talleres mecánicos, imprentas, fondas, cafeterías, cocinas económicas, misceláneas, estéticas, tortillerías, papelerías, refaccionarias, tintorerías, fruterías, carnicerías, artesanos.

Lo anterior en mi opinión no debe considerarse como excluyente ni limitativa de otras actividades, ya que solamente son ejemplos.

Enlace de la información del SAT:

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/princ_fisc_p/131_25264.html


Saludos





Editado: Noviembre 21, 2013 13:36:09
 
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CHAVALON
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21/Nov/13 13:48
Re: Regimen de Incorporacion - Requiero Asesoria

Gracias CHAVALON,

Entonces en tu opinion yo podria tributar en este regimen de incorporacion y obtener el 100% de descuento de ISR a partir del 2014? Ya que mi ingreso anual si me va bien no va a superar los 200 mil pesos.

Saludos
 
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juanjojol
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21/Nov/13 14:11
Re: Regimen de Incorporacion - Requiero Asesoria

Pues en principio si, sin embargo dado que es un nuevo Régimen en el que se va a subsidiar el 100% de ISR en el 1er. año y posteriormente durante 10 años va disminuyendo dicho subsidio, es muy probable que el SAT a través del Reglamento o RMF, publique restricciones o condiciones para pertenecer al nuevo Régimen.

Dado que actualmente no te encuentras en el Régimen de intermedio o REPECO, al aumentar tus obligaciones fiscales o inscribirte en el Nuevo Régimen de Incorporación el próximo año, se verán las condiciones para tal efecto.


Saludos
 
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CHAVALON
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21/Nov/13 18:10
Re: Regimen de Incorporacion - Requiero Asesoria

Simplemente es un servicio profesional, en la ley vigente, esta en el 134 LISR...si es que apenas te darás de alta.



Saludos
 
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GOrnelas
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