05/Sep/12 13:13
Re: copropiedad muerte de representante comun arrendamiento
Buen día bmxpert100:
En este caso el representante legal (albacea) debe cancelar el Registro Federal de Contribuyentes de esa persona fallecida para lo cual debe:
1. Presentar aviso de apertura de sucesión sólo si la persona que fallece estaba dada de alta por actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, silvícolas, pesqueras, o de autotransporte, entre otras, así como los arrendadores de inmuebles.
2. Presentar aviso de cancelación en el RFC por liquidación de la sucesión, esto se hará una vez que se adjudiquen o entreguen los bienes a los herederos.
En el caso de que la persona que fallezca sólo estuviera inscrita por prestar servicios profesionales de manera independiente o por salarios, cualquier persona interesada puede presentar el aviso de cancelación en el RFC por defunción.
Estos avisos se elaboran y acompañan con los documentos que se indican en la Catálogo de Servicios y Trámites del SAT.
Puedes consultar también este enlace:
http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/6_7061.html
Saludos
'El optimista piensa que el realista es pesimista.
El pesimista dice que el realista es optimista.
El realista sabe que el optimista es idealista.'