10/Ago/12 12:13
Hola, buenos días.
Gracias a ustedes siempre resuelvo mis dudas, pero en esta ocación tengo una duda que ya lo busque en internet y en el sentido de la forma de pago esta lo del acuerdo y las tarifas pero tento esta duda enorme.
Estoy en una empresa de Autotransporte y me llego una auditoria por parte del IMSS y me quieren integrar las maniobras y ellos me sustentan que de acuerdo al acuerdo IMSS-CANACAR y en el anexo I incio i) de dicho acuerdo me señala los conceptos no integrantes al salario los cuales son: viaticos, gastos de camino, guias, maniobras, refacciones y reparaciones menores y trae un parrafo que dice:
'Para efectos de la no integración al salario de estos conceptos, se deberán observar las facilidades de deducción y las cantidades vigentes establecidas por la Secretaria de Hacienda y Credito Público en los beneficos otorgados al sector. Sin embargo, no aplicará la posibilidad de considerar como salida el 10% de los ingresos propios;'
Los del IMSS se estan basando en la última parte donde dice 'SIN EMBARGO' y la empresa haceducible los gastos de miniobra y tambien la deduccion del 10% como lo permite las facilidades.
Mi pregunta es si hay algun otro fundamento u otra interpretacion para que se les pueda decir a los del IMSS y no me los integren.
Se los voy a agradecer mucho.
Gracias.