Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
18/Jul/12 13:58
Recibos vencidos a la fecha de pago, pero vigentes a la fecha de emisión

Buenas tardes:

Un arrendador Persona Moral, le entrega a otra Persona Moral un recibo impreso (conforme al esquema de comprobantes en papel) de arrendamiento para pago.

El recibo caducó el 15 de Febrero 2012, pero el recibo lo emitió con fecha 05 de Enero 2012.
La renta será pagada en Julio 2012.

¿Es deducible este recibo?
De no ser así: ¿Cuál es el argumento legal que le puedo dar a este arrendador?

Gracias de antemano.
 
'...Sobre poco has sido fiel; Sobre mucho te pondré...' Mateo 25:21
 
Perfil

danielk19
Teniente

Mensajes: 237
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
18/Jul/12 15:48
Re: Recibos vencidos a la fecha de pago, pero vigentes a la fecha de emisión

Buen día daniel:
El recibo caducó el 15 de Febrero 2012, pero el recibo lo emitió con fecha 05 de Enero 2012.
La renta será pagada en Julio 2012.

¿Es deducible este recibo?

Si, Arts. 29 y 29-A y 29-C del CFF.



Saludos
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
Perfil

CHAVALON
General de Brigada

Mensajes: 5795
Ingresó: Abril 03, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Jul/12 11:19
Re: Recibos vencidos a la fecha de pago, pero vigentes a la fecha de emisión

Estimado Daniel,

Imagino que tu pregunta se refiere tanto a I.S.R. como a I.E.T.U.

Para efectos del I.S.R., el comprobante es deducible ya que cumple con los requisitos que establecen las disposiciones fiscales en materia de comprobantes fiscales(L.I.S.R.art. 31 Frac. III).

Las disposiciones transitorias del C.F.F. establece que podemos seguir utilizando este tipo de documentos hasta que se termine su vigencia, en este caso fue utilizado antes de que terminara su periodo, por lo que la operación es perfectamente valida.

también se cumple con el requisito de que el comprobante tenga fecha de expedición del ejercicio en que se pretenda deducir (L.I.S.R. art. 31 frac.XIX), como sabemos las deducciones se efectuan por ejercicio y no por meses.

Para efectos de I.E.T.U. de igual manera es perfectamente deducible ya que cumple con todos los requisitos de deducibilidad establecidos en la L.I.S.R. (L.I.E.T.U. art.6 frac. IV), obviamente lo será hasta que sea efectivamente pagado.

Espero estos comentarios te sean de utilidad.
 
Perfil

migdom
Soldado

Mensajes: 12
Ingresó: Diciembre 05, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Jul/12 11:47
Re: Recibos vencidos a la fecha de pago, pero vigentes a la fecha de emisión

Es deducible puesto que cumple con requisitos de ISR y deduccion para IETU

incluso si le quedaren en papel, podria expedir otra con fecha antes de su vencimiento y seria siempre deducible, solo que cuidando que para efectos del cobro si es con cheque no excenda de los 4 meses.

saludos...
 
La verdad es relativa, la neta es absoluta...
 
Perfil

ISAKI86
Teniente

Mensajes: 307
Ingresó: Enero 20, 2010
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
20/Jul/12 17:28
Re: Recibos vencidos a la fecha de pago, pero vigentes a la fecha de emisión

'...solo que cuidando que para efectos del cobro si es con cheque no excenda de los 4 meses. '

Respecto a esto último, ¿Que no aplica para los pagos realizados a personas físicas, sociedades civiles, asociaciones civiles, etc...?. En este caso se trata de Persona Moral. ¿Debemos de observar esto también?
 
'...Sobre poco has sido fiel; Sobre mucho te pondré...' Mateo 25:21
 
Perfil

danielk19
Teniente

Mensajes: 237
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1