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29/Jun/12 16:27
¿Pagos en parcialidades?

Hola amigos, me entro una confusión, ahora con lo de la Forma de pago, todas las facturas que emitimos salían con la leyenda pago en una sola exhibición porque así es el trato, sin embargo, mi duda surge, ya que nuestros clientes, empiezan dando abonos y al final de mes piden que se les facture, a esta fecha la operación es cubierta en su totalidad, aunque nosotros insistimos en darles las facturas por cada pago, hay clientes que la quieren hasta fin de mes, entonces aquí sería ¿Pago en parcialidades ó en una sola exhibición?
Muchas gracias.

Editado: Junio 29, 2012 16:27:50
 
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cpallares
Capitán Primero

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29/Jun/12 16:29
Re: ¿Pagos en parcialidades?

hola

es pago en__ parcialidades.. y por cada pago que te hagan deberas expedir un comprobante fiscal de dichas parcialidades, ojo NO ES FACTURA.


saludos
 
El mejor guerrero no es aquel que triunfa siempre, sino aquel que vuelve sin miedo a la batalla... (Experto en soluciones DEVyCOMP)
 
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GOrnelas
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02/Jul/12 09:35
Re: ¿Pagos en parcialidades?

Gracias.
 
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cpallares
Capitán Primero

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02/Jul/12 22:09
Re: ¿Pagos en parcialidades?

Buenas noches, referente a este tema, que requisitos debe reunir el recibo de pago por las parcialidades recibidas? ...

y como se debe desglosar dicho comprobante?

De ante mano agradezco su ayuda.
 
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LCMiguelLopez
Soldado

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02/Jul/12 23:37
Re: ¿Pagos en parcialidades?

Esa regla del pago del pago parcial lo considero unicamente de que deba seguirse si el contribuyente esta en posibilidades de preveer con exactitud la forma de pago que habra de elegir su cliente. Algo que resulta en la mayoria de los casos como imposible.

No me preocuparia por bobadas de los legisladores o de las autoridades que pretenden controlar hasta la idas al baño. Pero, si que se la bañaron con esto, de tener que ponerle digitos de los bancos. Al paso que vamos, nos solicitaran los minutos, segundos y micras de segundo en que fue recibido el pago y hasta su fotografia o video de esta actuacion.

Me tendre que enblanquecer los dientes para sonreir ante la camara e ir trajeado y con corbata para que salga bien en la foto.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
General de División

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04/Jul/12 09:22
Re: ¿Pagos en parcialidades?

Hola muy buenos días podemos ver lo que dice la ley acerca de esto para tener un panorama mas amplio:

29-A CFF fracc. VII. El importe total consignado en número o letra, conforme a lo siguiente:
...
b) Cuando la contraprestación se pague en parcialidades, se emitirá un comprobante fiscal por el valor total de la operación de que se trate en el que se indicará expresamente tal situación y se expedirá un comprobante fiscal por cada parcialidad. Estos últimos comprobantes deberán contener los requisitos previstos en las fracciones I, II, III y IV de este artículo, además de señalar el número y fecha del comprobante fiscal que se hubiese expedido por el valor total de la operación, el importe total de la operación, el monto de la parcialidad que ampara y el monto de los impuestos retenidos, así como de los impuestos trasladados, desglosando cada una de las tasas del impuesto correspondiente, con las excepciones precisadas en el inciso anterior.


Al igual existe una regla que regula lo mismo te la anexo:

Regla I.2.7.1.6. Para los efectos del artículo 29-A, fracción VII, inciso b) del CFF, tratándose de comprobantes fiscales que se expidan por cada parcialidad, se tendrá por cumplido el requisito de señalar el número del comprobante fiscal que se hubiese expedido por el valor total de la operación, cuando se señale el folio fiscal asignado por el SAT para CFDI, del comprobante fiscal que se hubiese expedido por el valor total de la operación.
Para cumplir con los requisitos de señalar el monto y número de parcialidad, estos datos también deberán consignarse en el campo de la descripción del bien, del servicio o del uso o goce.


Saludos espero te sirva :)
 
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Socrok
Soldado

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