Espero me puedan orientar en lo siguiente, en la empresa donde la laboró se dedica a la compra venta de platos y vasos desechables, me surgió la siguiente duda puedo provisionar facturas de compras de una pf con actividad empresarial la cual me vende estos productos a la cual le realizo el pago en el ejercicio siguiente, es decir puedo provisionar estas compras en 2011 y pagarlas en 2012, estas compras la pm ya realizo la venta (facturo) en 2011, de ahí surge mi duda.
Si ya acumule el ingresos puedo deducirme esas compras aunque no le haya pagado a la pf.
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13/Jun/12 20:31
Re: provisón de compras
si usted se refiere a compras que van a parar al costo de ventas...
en efecto su costo de ventas se deduce en el momento que tiene la venta reflejada en libros
Lea los arts 45-A y demas subsecuentes que le ayudaran a comprender como seria posible deducir el costo de ventas.
Si bien este articulo es para PM, usted se pronuncia por un PF, esparecido el tratamiento con relacion al costo de vendido fiscal, solo que en personas fisicas debiera de estar pagada la compra y en el caso del ingreso cobrado.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?