Me podrian dar alguna orientacion acerca de que se debe hacer en el caso de los anticipos, se debe emitir comprobante de pago o no? Debe ir desglosado el IVA o no? De antemano agradezco sus comentarios.
..el caso de los anticipos, se debe emitir comprobante de pago o no?
Si, si se debe expedir comprobante (Art. 86 Fracc. II para personas Morales) y también en Personas Físicas. (Art. 133 Fracc.III), salvo en el caso de Régimen Intermedio (ver Art. 134 Fracc. II)
...Debe ir desglosado el IVA o no?
Si, si debe desglosarse:
LIVA
Artículo 32.- ...........
…………… Cuando el comprobante ampare actos o actividades por los que se deba pagar el impuesto al valor agregado, en el mismo se deberá señalar en forma expresa si el pago de la contraprestación se hace en una sola exhibición o en parcialidades…….. Si la contraprestación se paga en parcialidades, en el comprobante que se expida por el acto o actividad de que se trate, se deberá indicar además el importe total de la parcialidad que se cubre en ese momento, y el monto equivalente al impuesto que se traslada sobre dicha parcialidad.
Saludos
Editado: Junio 05, 2012 11:55:36
'El optimista piensa que el realista es pesimista.
El pesimista dice que el realista es optimista.
El realista sabe que el optimista es idealista.'