Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1 2

Mensaje Autor

Arriba
29/May/12 10:51
AVISOS DE COMPENSACION

Hola chicos y chicas

Nuevamente en relación a los avisos de compensación, tengo una duda???' puedo presentar un aviso de compensación de saldoa favor de Iva por internet si anteriormente los habia presentado de forma presencial en el modulo de asistencia. Se trata de saldos remanentes.

Espero sus comentarios.

Saludos y buen día.
 
Perfil

LUNETA
Sargento Primero

Mensajes: 99
Ingresó: Octubre 24, 2011
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
29/May/12 14:03
Re: AVISOS DE COMPENSACION

BUENAS TARDES LUNETA

PARA PODER OPINAR ME PUEDES DECIR EN QUE REGIMEN ESTA TRIBUTANDO, ES DICTAMINADO O NO Y EN QUE PERIODO VAS APLICAR EL REMANENTE.

SALUDOS
 
Perfil

garciacharcas
Cabo

Mensajes: 41
Ingresó: Junio 17, 2009
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
29/May/12 16:00
Re: AVISOS DE COMPENSACION

Hola Luneta estoy viendo tu duda en cuanto al Aviso de Compensación, sabes de que es la primera vez que estoy realizando este trámite y tengo muchas dudas en cuanto al llenado del F3241 y a la presentacion del tramite en el SAT, me puedes asesorar del cómo presentarlo?. Gracias.
Saludos!!.

Editado: Mayo 29, 2012 16:00:41

Editado: Mayo 29, 2012 16:01:17
 
Perfil

Krisal82
Soldado

Mensajes: 1
Ingresó: Mayo 29, 2012
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
29/May/12 17:04
Re: AVISOS DE COMPENSACION

HOLA GARCIACHARCAS

En el regimen general Persona Moral, y estamos obligados a dictaminarnos.

Se trata de un saldo a favor de Iva del mes de Febrero de 2012 (remanente) que se aplico a pagos provisionales de ISR del mes de abril del presente año, en realidad siempre he presentado los avisos de compensación de forma personal en los modulos, pero ahora no encuentro cita, por lo que quisiera enviarlas por internet para no incumplir con el plazo de la presentacion del AVISO DE COMPENSACION.,.. pero tengo dudas si sería lo correcto de acuerdo a la ley.
Ojala me puedan ayudar... gracias
 
Perfil

LUNETA
Sargento Primero

Mensajes: 99
Ingresó: Octubre 24, 2011
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
29/May/12 17:28
Re: AVISOS DE COMPENSACION

hola buenas tardes

estimados compañeros

consulten la regla I.2.3.4 y II.2.2.6 RMF para 2012 ahi viene su respuesta


saludos
 
El mejor guerrero no es aquel que triunfa siempre, sino aquel que vuelve sin miedo a la batalla... (Experto en soluciones DEVyCOMP)
 
Perfil

GOrnelas
Mayor

Mensajes: 1329
Ingresó: Febrero 02, 2012
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
29/May/12 17:45
Re: AVISOS DE COMPENSACION

buenas tardes luneta

bueno como bien dice el compañero en los fundamentos esta todo.

y te comento yo
como es persona moral ya presentas las declaraciones por el servicio de declaraciones y pagos( pagos referenciados), entonces la regla I.2.3.4 te releva de presentar el aviso de compensacion, aqui anda mas vas a presnetar los anexos del f3241.

entonces en cuestion de remanantes ya no tienes obligacion de presentar nada ante el sat, nada mas en la declaracion donde vas a compensar, porque la regla II.2.2.6 en la fraccion II ultimo parrafo te dice que tratandose de remanantes que se compensen no sera necesaria la presentacion de los anexos antes señalado.

en conclusion

cuando presentas una compensacion por primera vez nada mas vas a presentar por el portal del sat los anexos del archivo l f3241 ( aviso f 41 electronico no porque los dyp quedan relevados).

y si eres dictaminado ya no presentas los remanantes.

y si no eres dictaminado sigues presentando los remanantes en el archivo f3241.

espero que sea de utilidad
 
Perfil

garciacharcas
Cabo

Mensajes: 41
Ingresó: Junio 17, 2009
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
29/May/12 18:09
Re: AVISOS DE COMPENSACION

hola

'y si no eres dictaminado sigues presentando los remanantes en el archivo f3241.'

difiero con lo anterior compañero, EN EL CASO DE REMANTES DE SALDOS A FAVOR para contribuyentes que NO dictaminan solo presentaran el FORMATO 41, SIN ANEXOS NI PAPELES DE TRABAJO.

saludos
 
El mejor guerrero no es aquel que triunfa siempre, sino aquel que vuelve sin miedo a la batalla... (Experto en soluciones DEVyCOMP)
 
Perfil

GOrnelas
Mayor

Mensajes: 1329
Ingresó: Febrero 02, 2012
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
29/May/12 18:19
Re: AVISOS DE COMPENSACION

buenas tardes

compañero gornelas tu mismo diste el fundamento regla I.2.3.4

I.2.3.4. Los contribuyentes que presenten sus declaraciones de pagos provisionales y definitivos a través del Servicio de Declaraciones y Pagos a que se refiere el Capítulo I.2.11. y la Sección II.2.8.5., en las que les resulte saldo a cargo y opten por pagarlo con saldos a favor vía compensación, quedarán relevados de presentar el aviso de compensación que se señala en la regla II.2.2.6..

si te relevan del aviso,como vas a presentar el aviso en remanente nada mas presnetas los anexo del f3241


espeor que sea de utilidad

Editado: Mayo 29, 2012 18:20:43
 
Perfil

garciacharcas
Cabo

Mensajes: 41
Ingresó: Junio 17, 2009
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
29/May/12 18:41
Re: AVISOS DE COMPENSACION

buenas tardes

por eso al incio de todas estas opinion que son muy valiosas yo hice varias preguntas al compañero que expuso la duda.

y quiero comentar los siguiente.

hay 3 modalidades de compensacion:

persona fisica
persona moral
persona fisica y moral que se dictamina


la persona fisica que no se dictamina cuando compensa si tiene que presentar el aviso f 41 electronico( aviso de compensacion) y anexando toda la documentacion y requisitos que se necesitan.
y los remananentes nada mas se presenta el f 41 electronico( aviso de compensacion) y aqui ya no anexas nada de documentacion.

la persona moral que no se dictamina a partir de este año presenta sus declaracion por pago referenciado y la regla I.2.3.4 te releva del aviso de compensacion (f41 electronico), nada mas tienes que presentar los anexo que señala la regla II.2.2.6.

y las personas fisicas y morales que se dictamina, estos contribuyentes presentan sus declaraciones en pago referenciado a partir de mayo con el pago de abril de 2011, a estos tambien la regla I.2.3.4 te releva del aviso de compensacion (f41 electronico), nada mas tienes que presentar los anexo que señala la regla II.2.2.6.

pero si checamos bien la regla II.2.2.6 en su fraccion II ultimo parrafo dice que tratandose de remanantes que se compensen no sera necesaria la presentacion de los anexos antes señalados

entonces esta fraccion habla de los contribuyentes que se ubiquen en el supuesto señalados en el art.32-A DE CFF

por eso la interpretacion de que si no eres dictaminado si presentas remanente en el f3241 y no en el aviso f 41( electronico)

espero que se de utilidad
 
Perfil

garciacharcas
Cabo

Mensajes: 41
Ingresó: Junio 17, 2009
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
29/May/12 18:48
Re: AVISOS DE COMPENSACION

hola

sigo en lo mismo difiero de tu comentario.. las reglas a las que expones anteriormente y del cual expuse previamente hablan de CONTRIBUYENTES OBLIGADOS A DICTAMINAR LOS CUALES SE LES RELEVA DE PRESENTAR EL AVISO DE COMPENSACION Y SOLO PRESENTAR VIA MIPORTAL EL PROGRAMA F3241, a lo cual a los contribuyentes que NO DICTAMINAN a exepcion de las PM seguiran el procedimiento hasta antes de entrar en obligacion el DYP.

SALUDOS
 
El mejor guerrero no es aquel que triunfa siempre, sino aquel que vuelve sin miedo a la batalla... (Experto en soluciones DEVyCOMP)
 
Perfil

GOrnelas
Mayor

Mensajes: 1329
Ingresó: Febrero 02, 2012
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2