29/Abr/12 18:12
Ajuste anual por inflacion provisiones
Que tal colegas buena tarde:
Les consulto en relacion al AAI, lo siguiente:
Para efectos del calculo se consideran deudas las obligaciones pendientes en numerario, las que sean o vayan a ser deducibles:
* En el caso d ela provisión de obligaciones laborales D-3, no necesariamente se cubrira ese pasivo, es un reconocimiento anticipado cierto? se deberia considerar como deuda?
* Las provisiones de vacaciones, finiquitos, solo debo considerar las que vayan ser deducibles en ese ejercicio? si provisione pero nose pago en elmismo esta parte no entraria?
* El fondo de ahorro es deducible y parte se le retiene al empleado? juega para el ajuste
* SI se le retiene vales de despensa al empleado es deuda.
De antemano gracias.