Como es sabido para calcular el coeficiente de utilidad se debe dividir la utilidad fiscal entre los ingresos nominales del ejercicio. Hay un beneficio fiscal que dice que en el caso de que la empresa haya optado por aplicar la deduccion inmediata en el ejercicio, no deberá considerar el importe de la deduccion inmediata dentro de la utilidad fiscal para efecto del calculo de coeficiente de utilidad.
¿Cuál es la lógica de eso?¿Por qué la autoridad quiere que no se considere la deduccion inmediata en la utilidad fiscal?
No es beneficio saldria el cu mas alto, porque la utilidad fiscal se ajusta a mayor cantidad. Y se supone que ya no habria esa deduccion por inversiones pues ya se incluyo de manera inmediata. Por esta razon se sumaria, de permanecer con deducciones e ingresos similares, el cu casi casi coincideria en la anual
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?