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17/Abr/12 17:37
Pregunta sobre la determinacion de la prima de riesgo

Buenas tardes, espero y me puedan medio orientar (no me manden al medio oriente para que me oriente), en una empresa no presento su Determinacion de la prima de riesgo,le llega (obvio)un aviso en el cual establece que como no presento dicha información ahora tendrá qeu cotizar con la prima como si acabara de inscribirse.
Las preguntas son: se puede meter la determinación de la nueva prima o ya se queda con lo que le diga el imss.
Segunda: sé que ya se hizo acreedor de la multa, pero creo yo que mejor pague la multa pero que cotice con la nueva prima porque a la larga ahi esta el ahorro.
Esas son mis dudas, espero y me hagan el favor de orientarme y de ante mano, muchas gracias
 
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DAMIAN23
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17/Abr/12 23:17
Re: Pregunta sobre la determinacion de la prima de riesgo

:neutral: Buenas noches Damián. jeje, no será necesario mandarlo tan lejos. El imss peca de listo, ya que lo que ellos pretenden es hacerle creer que ellos tomaron la opción, cuando ES el patrón quien la toma o no. Así está en ese artículo x Ud citado: '... el patrón optará...', x tanto, es una arbitrariedad x parte del h. instituto. Habrá quie sopesar el co$to de defender$e.

Ya nos comentará,
El Lic.


.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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18/Abr/12 10:20
Re: Pregunta sobre la determinacion de la prima de riesgo

Difiero del comentario de nuestro compañero el Lic.

Quien ha tomado (voluntaria o involuntariamente) la opcion de tributar en una prima distinta a la que le correspondria de haberse declarado. Es el patron. Si se hubiera declarado conforme a derecho, pues mantendria vigente ese derecho.

Al no hacerlo, el IMSS, no ha hecho ni tomado una resolucion por cambiarle de prima de riesgo. Simplemente le informa que conforme a LSS, les corresponde una prima de riesgo distinta. ¿Cual? La que precisamente se señala en el art 72.

Ahora que si esta notificacion fuese improcedente, que es tan solo un informe de como debieran de tributar las COP. Pues seguro tiene su DART presentada en tiempo y forma y esa notificacion no ha de hacerse caso.

Caso contrario, con esa notificacion o sin ella, de cualquier manera el contribuyente debe continuar tributando conforme a la disposicion que ya se señala en ley.

Si buscara su impugnacion. No se que estaria impuganado. Pues el IMSS, no ha realizado alguna injerencia de imponer una prima, ni ha realizado actuaciones de verificaciones, simplemente ha informado, lo que a su parecer y lo que en referencia la ley señala.

Las empresas de menos de 10 trabajadores, podrán optar por presentar la declaración anual correspondiente o cubrir la prima media que les corresponda conforme al reglamento, de acuerdo al artículo 73 de esta Ley.


¿A Quien se refiere la LSS, que estaria aplicando la OPCION?
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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18/Abr/12 18:34
Re: Pregunta sobre la determinacion de la prima de riesgo

Habria que analizar exactamente que dice la notificacion; pero lo que yo haria es presentar la declaraciòn argumentando la espontaneidad, claro que va a ser un pleitito con el instituto; pero si esta dispuesto a llevarlo adelante, no veo nada mas que perder.


Saludos
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
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juancarm
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19/Abr/12 10:55
Re: Pregunta sobre la determinacion de la prima de riesgo

hola buen día:

Sería demasiado fácil contrapuntear esa aseveración. Veamos qué dice el CFF:

Artículo 73 CFF.- No se impondrán multas cuando se cumplan en forma espontánea las obligaciones fiscales fuera de los plazos señalados por las disposiciones fiscales o cuando se haya incurrido en infracción a causa de fuerza mayor o de caso fortuito. Se considerará que el cumplimiento no es espontáneo en el caso de que:

I. La omisión sea descubierta por las autoridades fiscales.

II. La omisión haya sido corregida por el contribuyente después de que las autoridades fiscales hubieren notificado una orden de visita domiciliaria,
o haya mediado requerimiento o cualquier otra gestión notificada por las mismas, tendientes a la comprobación del cumplimiento de disposiciones fiscales.

...


A parte el CFF también señala que las opciones ejercidas por el contribuyente no pudieran variarse dentro del mismo ejercicio.


Último parrafo del Art. 6o. del CFF.
Cuando las disposiciones fiscales establezcan opciones a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o para determinar las contribuciones a su cargo, la elegida por el contribuyente no podrá variarla respecto al mismo ejercicio.
 
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enrique9727
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19/Abr/12 11:09
Re: Pregunta sobre la determinacion de la prima de riesgo

Buen día, DAMIAN 123 que paso tan chévere...

¿Podría indicarnos, por favor, cuántos trabajadores promedio tuvo a su cargo durante 2011 el contribuyente en cuestión?

Si fueron más de 10, si le impusieron una prima de RT improcedente.

Si fue de esta cantidad para abajo. El patrón 'escogió' la prima con sus acciones.

Si nos responde, tendríamos el placer de ser retroalimentados y concluiría el ciclo de este foro.

Gracias con anticipación y saludos.
 
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enrique9727
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19/Abr/12 21:03
Re: Pregunta sobre la determinacion de la prima de riesgo

Buenas noches a todos y pues les comento:
Ya fui a las ofincas REgionales del IMSS y pues efectivamente, como comenta enrique9727, si hubiesen presentado la determinacion de la prima de riesgo habría forma de pelear dicha resolución del imss, y como los clientes la mayoria de las veces juzgan de loco al contador, pues he ahi el resultado, por lo tanto, procede la prima que determino el imss y a cotizar con ella esperando no haya mas accidentes.
Sobre esto le comento algunos puntos que nos dijeron:
1.- Un cliente no la presento porque 'supuestamente' no había accidentesm, perooooooo, si los hubo y tenía la obligacion de presentarla, por lo tanto se hizo a creedor a la prima que el imss determina, se quizo presentas espontánea la determinación de la prima pero como bien dice enrique, no fue espontánea y por lo tanto no procede el recurso.
2.- Cliente que estaba cotizando en la media y debio de presentarla para mencionarle al instituto que cambia su prima, no lo hizo porque no 'creyo' importante y pues ahi tiene el problema, el imss también comento que aunque no tenga accidentes de trabajo pero esta cotizando en una prima media, debió de presentarla para tener informado al imss sobre el cambio de la misma (esto se me hace mamuco pero asi esta en ley), y como noinformó, pues sopas, ya el imss determinó que debe de cotizar con la prima determinada por el imss.
Todo lo anterior es con fundamento al articulo 77.
En contestación a sus preguntas sr. enrique, efectivamente, ambas empresas tienen menos de 10 trabajadores (ooooootro punto en contra de las empresas).
En fin, les quedo agradecido por sus comentarios, reciban un fuerte abrazo y espero haber aclarado ya este tema. Ni modo por cumplidos a cumplir.
Salud2
 
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DAMIAN23
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20/Abr/12 11:08
Re: Pregunta sobre la determinacion de la prima de riesgo

Buen día Damian, le agradezco de nuevo su retroalimentacion.
Pero continua igual que al principio. El IMSS no determino alguna prima. Fue el propio contribuyente que la determino con su opcion tomada. ok? El IMSS solo informo que resultado da la opcion tomada por el contribuyente.

Le recalco lo anterior, porque luego pasa a otra persona en forma de chisme, cada quien le pone de su cosecha. Y el IMSS resulta ser un verdugo, mientras que el 'pobre' patron una blanca palomita. 'Pobrecita'.



Editado: Abril 20, 2012 11:10:04
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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20/Abr/12 13:15
Re: Pregunta sobre la determinacion de la prima de riesgo

Sr. enrique, es un gusto saludarlo de nuevo.
En cuanto a su comentario, tiene toooooooda la razón, el imss lo que se hizo es simplemente aplicar la ley como los legisladores la hicieron.
Aquí quien debe de cuidar estos detalles es el empresario y hacer caso de lo que dice el contador, porque pues ya sabe, la culpa del contador, haber quien quiso matar a Cabañas? pues el contador.
Bueno, quedo a sus órdenes y pues a seguirle.
Salud2 y gracias a todos.
 
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DAMIAN23
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