12/Abr/12 20:50
UNA PREGUNTA A MIS COLEGAS CONTADORES
PARA PODER DISMINUIR EN EL CALCULO DEL SUA UN AUSENTISMO, ¿QUE REQUISITO SE REQUIERE?
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CADENA2002
Cabo
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12/Abr/12 21:39
Re: AUSENTISMOS
Hola buenas noches:
Requisitos: tarjetas de asistencia y recibos de nóminas firmados por el trabajador.
En el SUA se capturaría todas las ausencias en congruencia se muestran en los documentos anteriores, pero el propio SUA se ajustaría en las determinaciones de las COP, conforme a lo señalado en el Art. 31 LSS (máximo 7 faltas por mes).
Además el patrón debe vigilar el Art. 37 LSS, para los fines de los avisos de las bajas laborales.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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12/Abr/12 22:19
Re: AUSENTISMOS
Buenas noches. En caso de que el imss le pida que compruebe el ausentismo, deberá presentar algun docmuneto firmado x el trabajador que certifique precisamente el ausentismo y el recibo de nómina confirma el no pago de dichos dias.
El Lic.
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¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
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pepesoto
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13/Abr/12 00:10
Re: AUSENTISMOS
Me quedo con el recibo de nòmina, cualquier otro documento no tendria fundamento legal para exigirlo.
Saludos
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
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juancarm
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13/Abr/12 11:52
Re: AUSENTISMOS
Las leyes no indican el nombre de cuales documentos se debe de aportar. Son mandatos u ordenamientos GENERALES. Por las pruebas no tienen limites para realizarse. En la ley no se obliga a declarar y a aportar pruebas. Quien debe hacer esta actividad es el patron por su propios medios y su propia voluntad. La autoridad tienen todas las facultades para solicitar las pruebas, jamas indicara cuales; la elaboracion de las mismas es a manera discresional del contribuyente el tener que realizarlas. Existen una clasificacion de pruebas muy variadas en todos los ambitos del derecho, en ocasiones unas podrian ser validas y en otras descalificadas. Pero la prueba documental es la mas socorrida y de las mas empleadas y no hay una delimitacion para generarlas y aportarlas en los momentos apropiados.
El recibo de nominas es un documento final donde se lograria pagarse algun tipo de remuneracion, en ocasiones no es posible incluirse todos los datos relativos a su determinacion, pocas veces le incluyen los dias de ausentimos, los determinariamos en base a la informacion que muestra cierta congruencia.
Asi como en el premio de puntualidad, en el recibo solamente viene como se liquida, pero no como se determina al detalle, ni como se funda su determinacion, a este tipo de documentos, el trabajador tambien los debe de firmar y que el patron este vigilando que se esten formulando. Los del IMSS continuamente solicitan tarjetas de asistencia para los ausentismos, si es que no les entregan alguna prueba similar, pues seria la prueba ideal para observarse si es factible que se haya pagado una remuneracion relativa a la asistencia, pero tambien que no deba de cubrirse COP.
Saludos cordiales,
enrique9727
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enrique9727
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13/Abr/12 21:44
Re: AUSENTISMOS
Buenas noches. La lista de raya, firmada obviamente x los trabajadores, también sirve como medio de prueba del ausentismo.
El Lic.
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Editado: Abril 16, 2012 23:32:20
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pepesoto
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14/Abr/12 12:12
Re: AUSENTISMOS
Hola, buen día:
Así es. Cualquier medio de prueba que implemente el patrón sería valido jurídicamente. Pero, también necesariamente se requiere de la firma del trabajador para su convalidación, por los medios que se desarrollen.
Saludos cordiales,
enrique9727
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enrique9727
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16/Abr/12 23:34
Re: AUSENTISMOS
Buenas noches.
Me preguntan:
'-Lic. y en el caso de las asistencias que registramos vía huella digital..??'
Respondo:
'-No problem. El patrón de todos modos debe imprimir periódicamente los registros y solicitar/exigir a sus trabajadores que los firmen'.
Saluti,
El Lic.
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pepesoto
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17/Abr/12 12:59
Re: AUSENTISMOS
En ocasiones el patron hace entrega de un codigo de captura en sustitucion de la la huella por algun motivo que a veces no funciona
Aunque en ocasiones o la mayor de la veces, el trabajador pone su huella digital para reportarse en el reloj digital. Resulta que las computadoras no distinguen firmas, se les asigna un numero que muy probablemente sea el numero progresivo del trabajador mismo, por consiguiente el patron pudiera manipular la informacion o el sotfware, pues esta bajo su custodia. Por esta razon las autoridades prefererian que sea ratificado con una rubrica autografa del trabajador, cada uno de estos reportes de asistencia o su resumen de algun periodo en particular.
Saludos cordiales,
enrique9727
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enrique9727
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17/Abr/12 22:49
Re: AUSENTISMOS
Buenas noches.
'-Y en el caso de que nos dan una tarjeta similar a las bancarias para registrar nuestras entradas y salidas del trabajo..??' -me pregunta una amiga.
'-Puede usted aplicar lo dicho por este servidor en mi anterior comentario' -le respondo a ella.
Saluti,
El Lic.
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pepesoto
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