Foros


Inicio » Seguridad Social

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
10/Abr/12 15:01
PAGO A EMPLEADO INCAPACITADO

Se puede incluir en la nomina? seria una AYUDA que la empresa le da al empleado

Bajo que concepto?
podria ser compensacion?
 
Perfil

celesteflor
Soldado

Mensajes: 2
Ingresó: Febrero 26, 2011
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
10/Abr/12 18:25
Re: PAGO A EMPLEADO INCAPACITADO

Hola buenas tardes:

El concepto que guste, da igual. De cualquier manera debiera considerarse para fines fiscales, no deducible, ya que no es una erogacion indispensables para la realizacion de las actividades del negocio.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
10/Abr/12 23:48
Re: PAGO A EMPLEADO INCAPACITADO

:neutral: Buenas noches. Por supuesto. El nombre puede ser: 'Ayuda x incapacidad'. Encuadra perfectamente como una prestación de previsión social, con todos los efectos y beneficios laborales y fiscales que eso conlleva. Analice entonces que va a tener que ser una prestación para la generalidad de sus trabajadores.

A sus órdenes,
El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
Perfil

pepesoto
General de Brigada

Mensajes: 7729
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
11/Abr/12 17:03
Re: PAGO A EMPLEADO INCAPACITADO

No desacredito el comentario del Lic. Pudiere ser totalmente factible.

Pero, ¿en realidad existe una necesidad PRE-establecida en la empresa bajo esta mecanica de la prevision social?

De que se pudiera, claro que se puede. TODO se puede menos salir de la muerte. Hasta dejar de pagarse impuestos y vaya que son bien IMPUESTOS por ley.

Con la voluntad 'todo' 'casi' 'se puede', pero para hacer las cosas bien, primero hay que preparse antes de hacerlas bajo reglas y con las buenas intenciones. No se trata de maquinar de las acciones como hacerle para que parezcan buenas.

En nuestra idiosincracia, es hacer primero y despues averiguar. Los detalles no son importantes.

Segun el art 31 LISR F-I, existe un requisito que debe cumplirse ¿ES INDISPENSABLE esa erogacion? No basta en decir, SI es indispensable. Esta pregunta retorica cualquiera la responde, excepto los Gallegos.

La pregunta de los 64mil es ¿CÓMO se demuestra que SI es indispensable?
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
11/Abr/12 17:15
Re: PAGO A EMPLEADO INCAPACITADO

Permitame expresar mi sentir de mi primera participacion, como sigue:

Si esta INCAPACITADO. Cómo pudiera justificarse una retribucion INDISPENSABLE. Si no se trabaja. Y ¿porque razon hacerla, si no trabaja?

No hay beneficios en favor de la empresa. ¿Como justificar que esta erogacion resulta ser INDISPENSABLE para generar ingresos y por ende y en consecuencia este tipo de erogaciones se pretenden deducirse?


Bajo la optica de los salarios

Son deducibles porque existe un contrato por el cual la empresa se justifica una obligacion de pagarlos. Ese contrato hace las veces de la justificacion de tenerse que cubrir salarios y por lo tanto se hacen indispensables. Necesito de trabajadores para poder vender o realiza x actividad.

Independientemente de que los salarios quizas no sean eficienteS o no me sirvan para nada EN GENERAR INGRESOS. De inicio se establece una necesidad de tenerlos que pagar, por ende establecida la necesidad, es que una vez comprobando los pagos correspondientes, ya los pudiera deducir.

Lo mismo sucede con otras partidas o erogaciones, debe haber una exigencia que la misma resulte en que ES INDISPENSABLE. No basta con decir, SI SON INDISPENSABLES.

Para la INDISPENSABILIDAD DE CUALQUIER GASTO, en ocasiones no es suficiente el entregar los comprobantes de pagos, estos hasta se pudieran PREFABRICAR.

¿Donde se establecen las obligaciones de entregar 'el pago a empleado incapacitado', se le de un justificante de que es necesario para los fines del negocio?
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
11/Abr/12 23:27
Re: PAGO A EMPLEADO INCAPACITADO

:neutral: Buenas noches. Un ejemplo de beneficio laboral..?? -me preguntan. '-Cómo no -respondo-, Al saber el trabajador que recibirá menos salario x tratarse de una incapacidad de EG y al saber que su empresa lo apoyará con esa ayuda, se traducirá en una mayor fidelidad y productividad'.

El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
Perfil

pepesoto
General de Brigada

Mensajes: 7729
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
12/Abr/12 11:47
Re: PAGO A EMPLEADO INCAPACITADO

Hola buen día:

Las necesidades se pudieran argumentar, es lo mas simple y sencillo; pero no funjen como pruebas o como fundamentos juridicos. Deben de estipularse palpablemente en convenios o contratos.

Existen convenios patron-IMSS, en donde el patron cubre el 100% de los subsidio para los EG o RT a sus trabajadores, pero el IMSS le resarce al patron lo que le corresponderia erogar por su parte y a su vez, este convenio se manifiesta en los contratos colectivos o en convenios laborales.

----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Pero en el presente caso, pareciera existir dos pagos, 1 por parte del IMSS y otro por parte del patron. Mi apreciacion que mientras ese segundo pago no se justifique en algun contrato o convenio, no debiera deducirse bajo ninguna justificacion ya que no existe ningun disposicion, obligacion previamente establecida por la que se debiera de desempeñarse este tipo de erogaciones.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
12/Abr/12 21:58
Re: PAGO A EMPLEADO INCAPACITADO

Se puede incluir en la nomina? seria una AYUDA que la empresa le da al empleado

Bajo que concepto?
podria ser compensacion?

:neutral: Buenas noches. Esa prestación, no olvide que debe documentarla. No es nomás dar x dar.

Saluti,
El Lic.


.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
Perfil

pepesoto
General de Brigada

Mensajes: 7729
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo


Página: 1