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07/Mar/12 18:12
IVA EN ASOCIACION CIVIL

Quisiera me apoyaran en lo siguiente:


Recibi documentos para continuar con la contabilidad de una AC pero al revisarla me encuentro con lo siguiente.

INOFRMACION ANTE EL SAT

Giro: Asociaciones y organizaciones de profesionistas. Persona Moral con fines NO lucrativos. ( asi esta dada de alta desde 1997 )

Obligaciones: P.provisional mensual retenciones de salarios
P.provisional mensual asimilados
Anual de retenciones de salarios y asimilados
Declaracion informativa de subsidio al empleo
IETU pago provisional mensual
IETU Anual

Al revisar la contabildiad me encuentro que estan facturando la capacitacion (ingreso principal y unico el cual se que se tiene que facturar ) pero estan cobrando IVA.

DUDAS:
Al cobrar ese IVA concluyo que tambien tendrian que tener dada de alta esa obligacion y estar haciendo pagos mensuales de IVA. O no estan obligados al pago de IVA?

Que hacer si esto se ha manejado asi desde 1997?

Gracias.






Por lo tanto mi duda es
 
Una persona con el corazón desgarrado por el dolor y la injusticia humana rezó: Dios mio, ¿ Ya viste cuánto sufrimiento hay en el mundo? ¿ Por qué no nos mandas a alguien para que nos ayude? y Dios le respondio: Ya lo hice: Te envié a Ti!!!!
 
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LILIANA_LOPEZ_S
Sargento Primero

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07/Mar/12 21:16
Re: IVA EN ASOCIACION CIVIL

Buena noche:

Pudiera ser el caso de que las obligaciones registradas, no concuerdan con los actos que viene realizando....

Por una parte, considero que para efectos del impuesto sobre la renta, se tendrá que revisar la proporción de sus ingresos (ingresos de no miembros / total de ingresos percibos en el ejercicio = Cociente x 100 = Porcentaje), ya que podría darse el caso en que tendría que pagar ISR, si los ingresos de “no miembros” representan más del 5% del total. Su determinación se debe realizar anualmente en atención a las normas contenidas en el artículo 93 sexto párrafo de la LISR, en correlación con el artículo 105 del RLISR.

Ahora bien, dado los actos que viene realizado todo indica que si procedería pagar IVA.

Entonces, se tendrá que revisar la mecánica que se ha estado llevando para el acreditamiento del IVA, en virtud de que vienen realizando actividades gravadas y no gravadas, por lo que sugiero analizar tanto el artículo 5, como el artículo 5-B, de la LIVA.

Con respecto al IETU, se consideran ingresos exentos los que no están afectos al pago del impuesto sobre la renta, en los términos del artículo 4, fracción II de la LIETU.

Espero haberte ayudado.



Editado: Marzo 07, 2012 21:28:37
 

 
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a_cano
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07/Mar/12 21:17
Re: IVA EN ASOCIACION CIVIL

Buen día Liliana:
....estan facturando la capacitacion (ingreso principal y unico el cual se que se tiene que facturar ) pero estan cobrando IVA.

Si la capacitación no la realizan a los propios socios como prestación por sus cuotas, entonces si está gravadas a la tasa del 16% o el 11%, según la zona, de acuerdo al Art. 15 Fracc. XII de LIVA

...Al cobrar ese IVA concluyo que tambien tendrian que tener dada de alta esa obligacion

Así es, debes 'darla de alta' como obligación

..y estar haciendo pagos mensuales de IVA

En efecto, conforme lo señala el Art. 5-D de LIVA

Que hacer si esto se ha manejado asi desde 1997?

Si el IVA se ha estado cobrando y no enterando desde ese año, pues ya le debes al SAT una buena cantidad de $.

Conservadoramente, puedes 'dar de alta' la obligación del IVA con fecha del 1º. de Enero del 2007 y presentar desde ese mes las declaraciones mensuales con los pagos y las Actualizaciones y Recargos correspondientes.


Saludos
 
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CHAVALON
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08/Mar/12 09:20
Re: IVA EN ASOCIACION CIVIL

Gracias por su apoyo. Considero que a este contribuyente se le dio mal asesoramiento desde su creacion y por lo tanto un incorrecto manejo fiscal.
 
Una persona con el corazón desgarrado por el dolor y la injusticia humana rezó: Dios mio, ¿ Ya viste cuánto sufrimiento hay en el mundo? ¿ Por qué no nos mandas a alguien para que nos ayude? y Dios le respondio: Ya lo hice: Te envié a Ti!!!!
 
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LILIANA_LOPEZ_S
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