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27/Feb/12 11:03
Pre-Jubilación?

Hola! Una empleada nos pregunto que si tiene 15 años trabajando en la empresa, que si tiene derecho a la prejubilación; yo en lo personal no habia escucha hablar de la prejubilación.¿Me pudieran orientar en esto? ¿Existe? y si es así ? ¿En qué consiste?

De antemano, muchas gracias! :)
 
Lizzie
 
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lizzie1984
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27/Feb/12 11:11
Re: Pre-Jubilación?

derecho a la prejubilación


Supongo esta pensando en la jubilacion por parte del IMSS.

Pero NO existe prejubilacion.

Una pregunta: que edad tiene?
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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27/Feb/12 11:23
Re: Pre-Jubilación?

Buen día:

La jubilación la entrega una empresa a su trabajador, si tuviese planes de retiro implementados en sus contratos laborales.

El IMSS no otorga jubilación, ofrece una pensión por retiro bajo dos modalidades. Una de ellas es la pensión por vejez (a partir de los 65 años cumplidos como mínimo) Arts 161 y 162 LSS, o en su defecto se solicitaria de manera anticipada pero ahora se le denominaría pensión por cesantía y es a partir de los 59 años 6 meses. Art 154 LSS

Tambien existe el caso de la pensión anticipada de conformidad al art 158 LSS

Por cada una de las pensiones antes mencionadas, se manifiestan requisitos que debe de cumplir el derechohabiente, con el fin de obtenerlas.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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27/Feb/12 12:38
Re: Pre-Jubilación?

De hecho vabdo no creo que tenga mas de 50 años, sino que ahorita ella tiene trabajando 13 años con nosotros y alguien le comento de la 'pre-jubilación', pero segun tengo entendido que si un trabajador tiene 15 años trabajando, en el momento que renuncie, uno como patrón tiene que pagarle su prima de antigüedad, pero pues no se de donde sacaría ese concepto la trabajadora.
 
Lizzie
 
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lizzie1984
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27/Feb/12 18:41
Re: Pre-Jubilación?

Hola lizzie1984


tiene 15 años trabajando, en el momento que renuncie, uno como patrón tiene que pagarle su prima de antigüedad, pero pues no se de donde sacaría ese concepto la trabajadora.


Efectivamente si tiene derecho a su prima de antiguedad..

Pero de la Pre-Jubliacion.... NO Hay nada.


Saludos
 
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vabdo
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27/Feb/12 23:31
Re: Pre-Jubilación?

:neutral: BUenas noches. A lo mejor la empresa es de administradores de España porque ahi sí se usa ese concepto.

Saludines,
El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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