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09/Feb/12 17:57
CALCULO ANUAL SUELDOS

Tengo una duda sobre los resultados de los calculos.

Un trabajador me dio:
Impuesto: 2,878
(-) Subsidio correspondio: 4,509
(-) Impuesto Retenido: 1,893
Impuesto Anual -3,524



Este trabajador solo le retuve 1,893, mi duda es si debo compensarle los 3,524 o solo los 1,893, ya que la diferencia correspode al subsidio.

Tengo entendido que en un calculo anual a un trabajador si le sale saldo a favor (por el subsidio que le correspondio) y no tuvo retencion alguna, no se regresa nada.

Y en este caso cuanto debo de regresarle o compensarle al trabajador?
 
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URIAS
Capitán Primero

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09/Feb/12 19:40
Re: CALCULO ANUAL SUELDOS

Dado que el impuesto determinado conforme al artículo 177 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (2878) es menor a la suma de las cantidades que por concepto de subsidio para el empleo mensual le correspondió al contribuyente (4509), entonces no hay impuesto a cargo del contribuyente ni se entregará cantidad alguna al contribuyente por concepto de subsidio para el empleo.

(Inciso C, f II, Art. OCTAVO de la LISR, relativo al Subsidio para el Empleo)
 
Millones de personas vieron una manzana caer, pero Newton fué el único que preguntó ¿ porqué... ? ( b.m.b. )
 
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AlbertoFC
Capitán Segundo

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10/Feb/12 15:26
Re: CALCULO ANUAL SUELDOS

Como comenta AlbertoFC

En tu cálculo no resulta impuesto a cargo de tu trabajador:

ISR cálculo anual $2,878
(-) Subsidio correspondiente 4,509
(=) ISR a cargo 0.00

El impuesto retenido lo deberás informar en la DIM como Saldo a favor que el patrón compensará o solicitará devolución en el apartado de: IMPUESTO SOBRE LA RENTA POR SUELDOS Y SALARIOS.
 
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karyysanchez
Cabo

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11/Feb/12 13:07
Re: CALCULO ANUAL SUELDOS

Muchas gracias alberto y kary, ya cheque el articulo 177 y tienen razon.
 
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URIAS
Capitán Primero

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12/Feb/12 22:12
Re: CALCULO ANUAL SUELDOS

Hola mi estimado URIAS, en este caso los 1893 de isr retenido se convierten en isr a favor del trabajador.

Saludos.
 
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martillo
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