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09/Feb/12 11:40
AUTOCORRECCION DE SALDO A FAVOR

Hola Foristas:

Espero y me puedan ayudar con mi caso.

La autoridad me reviso el periodo de junio a agosto 2011, en cuanto al IVA, me rechazo el IVA de un camion de reparto nuevo, argumentando segun el 42 de la LISR el tope de deduccion de $175,000 para vehiculos, esto en el mes de agosto revisado, y ya con anterioridad se habia presentado una declaracion manifestando un saldo a favor por $102,000 y por solicitud de los mismos Auditores la empresa opto por presentar una declaracion complementaria de autocorrecion fiscal disminuyendo el saldo a favor por el importe rechazado.

Consulte con un Abogado y me dice que al no existir un crédito fiscal no puede pelear nada, entonces pregunto: ¿PUEDO PRESENTAR SOLO OTRA DECLARACION COMPLEMENTARIA MODIFICANDO EL SALDO A FAVOR COMO LO TENIA?
esto con el fundamento de que la clasificacion del camion lo hicieron erroneamente ya que no esta considerado como un vehiculo.

De antemano gracias por sus comentarios.
 
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RUBENMEDRANOLUNA
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09/Feb/12 12:11
Re: AUTOCORRECCION DE SALDO A FAVOR

hola buenas tardes

que desastre, pero en fin, para los camiones de carga existe un criterio normativo cuestion de que busques el fundamento, y asi haces valer su deduccion al 100%


saludos
 
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GOrnelas
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09/Feb/12 12:41
Re: AUTOCORRECCION DE SALDO A FAVOR

De poder presentar la complementaría que expones, puedes. Pregunta, ¿Qué es lo que pretendias pelear?, me queda claro que auditoría comete un error al rechazar bajo ese argumento, voy a dar por sentado que se cumple con el total de requisitos de deducibilidad y acreditamiento, por lo que el saldo a favor procede. Pregunta, ese saldo a favor, ¿Se solicito en devolución?, ¿Se acredito en periodos posteriores?, ¿Eliminarlo, no te genera saldos a cargo?, ¿Qué se plasmó en el Acta Final de Auditoría?, ¿Qué fecha tiene el acta final?, ¿Por qué aceptaron el rechazo?

saludos
sos
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
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09/Feb/12 13:46
Re: AUTOCORRECCION DE SALDO A FAVOR

Que tal SOS

haces varias preguntas y te doy las respuestas:

Se pretendia pelear el desechar el acta final de la revision, pero como se autocorrigio pues la autoridad ya no tiene nada que pelear.
El saldo a favor se acredito con periodos posteriores
No se pretende eliminarlo, sino incrementarlo a como se tenia originalmente
En el acta final se plasmo lo sig: Se hace constar que el contribuyente ??¿¿, una vez conociendo las irregularidades determinadas con motivo de la revision, presento declaraciones de autocorreccion fiscal por los meses de ??¿¿, para efectos de disminuir sus saldos a favor. (y en dicha complementaria se disminuyo el importe rechazado)
El acta final tiene fecha del 30 de Nov de 2011 (la inicial 13 Oct 2011)
El rechazo lo acepto el Contador anterior por desconocimiento

Luego entonces, mi duda es; Si presento la complementaria aumentando mi saldo a favor, que implicaciones tendria?
 
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RUBENMEDRANOLUNA
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09/Feb/12 13:57
Re: AUTOCORRECCION DE SALDO A FAVOR

hola

'Si presento la complementaria aumentando mi saldo a favor, que implicaciones tendria? '

ps de principio corregir las aplicaciones de ese saldo a favor...

pero.... como dije UN DESASTRE, todo por no hablar bien y exponer motivos ante la autoridad


saludos
 
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GOrnelas
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09/Feb/12 14:06
Re: AUTOCORRECCION DE SALDO A FAVOR

Hola GOrnelas

Con todo respeto, dejame decirte algo.

he leido tus mensajes a los foristas y si las personas nos apoyamos en esta herramienta tan maravillosa es para contar la experiencia de la comunidad y es por eso que publicamos nuestras dudas, pero en tu caso en la gran mayoria de tus intervenciones haces comentarios negativos y poco constructivos, los DESASTRES como dices los hay en todas empresas y de alguna forma se tiene que arreglar y que mejor forma que apoyandonos por este medio.

disculpa si te incomoda mi comentario, pero si Yo no tengo una respuesta que le pueda ayudar a los foristas a solucionar su problema, mejor no participo.

De igual forma una disculpa a la comunidad forista si de alguna forma les incomoda esto.
 
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RUBENMEDRANOLUNA
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09/Feb/12 14:10
Re: AUTOCORRECCION DE SALDO A FAVOR

Caray, si que es peculiar la situación en que solito el contribuyente se ubico.

El saldo a favor original (y real) se acredita contra periodos posteriores, al acatar la voluntad de la autoridad de eliminarlo y así hacerlo con la presentación de la complementaría (auto corrección), se genera en automatico un saldo a cargo en el mes o meses posteriores en que se había acreditado dicho saldo a favor, ¿No lo previo ni el contador, ni el contribuyente, ni la autoridad?

Eso que plasman, 'conociendo las irregularidades', ¿Qué fundamento tiene la autoridad?, aquí es donde por razones de ética refiero el asunto con un abogado especialista en la materia, ya que yo puedo considerar que lo plasmado (las irregularidades) en el acta es un 'hecho reconocido' y por tanto NO suceptible a defensa, digo, la autoridad me da a conocer ciertas irregularidades, mal fundadas, pero yo las acepto y me auto corrijo en base a lo que ellos dicen, eso da como resultado un 'acto consentido', ¿Qué puedo pelear?, no hay crédito, si bien si existe un perjuicio cuantificable, proviene de algo que yo acepte.... mal punto, insisto, el abogado es el indicado para orientar sobre la posibilidad o no de entablar un pleito, pero yo en lo personal lo veo complicado... y toda vez que solo soy un humilde contador, hay que dejar el escenario para que los especialistas en la materia hablen (escriban).

El acta final se conoce desde noviembre, es curioso insisto que no hayan previsto las repercusione de eliminar un saldo a favor en agosto que posiblemente se acredito en septiembre y quizá algunos meses más, pero ya todo será divagar, lo intersante a mi juicio es esperar la opinión de un especialista en materia de defensa fiscal para que nos comente un posible argumento para demandar la nulidad del acta final y su contenido, ya que como lo expuse, es un acto consentido.

saludos
sos

Pdta.- Voy a plantear el caso con mi abogado de cabecera para conocer su opinión.
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
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09/Feb/12 14:20
Re: AUTOCORRECCION DE SALDO A FAVOR

hola,,TE OFRESCO UNA DISCULPA, s tei ofende mi forma de ser, pero no es con el afan de ofender ni nada mas que nada es en el sentido de pensar y de tener un sentido comun y DE INVESTIGAR; en cuanto a tu duda...

tienes saldos a favor 'correctos' los aplicaste ya sea en devolucion, acreditacion etc., ok viene la autorida te revisa y te dice QUE NO que el saldo es menor que te rechaza al iva de un equipo de de transporte, ok y presentas un saldo menor es decir un autocorreccion de acuerdo al acta final, pero por que esperar al acta final si en el mismo proceso pudiste haber corregido ese IVA hablando con el auditor exponiendole tus fundamentos...el fundamento del equipo de transporte ya lo dije lineas arriba..


saludos
 
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GOrnelas
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09/Feb/12 14:25
Re: AUTOCORRECCION DE SALDO A FAVOR

y para terminar


'PUEDO PRESENTAR SOLO OTRA DECLARACION COMPLEMENTARIA MODIFICANDO EL SALDO A FAVOR COMO LO TENIA?'


la respuesta es SI, debes reunir y ubicar el FUNDAMENTE RESPECTIVO

saludos
 
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GOrnelas
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09/Feb/12 14:50
Re: AUTOCORRECCION DE SALDO A FAVOR

SOS.
Pienso lo mismo, en el sentido de que es un acto consentido y/o aceptado, y es correcto verlo con un abogado fiscalista para ver si el hacer solo la presentacion de una dec. complementaria de aumento de SF no me veo involucrado en una difucultad mayor.
Mucho te agradecere si tienes la oportunidad de verlo con tu abogado y me pudieras dar el comentario del especialista.

Que tal GOrnelas.
Estoy de acuerdo contigo en el sentido de Investigar y documentarnos antes de abordar un tema y ten la seguridad que al momento de elevar mi duda, hice la tarea y tengo todo el panorama fundamentado.
De igual forma concuerdo contigo en el sentido de que si se puede presentar la dec. complementaria, teniendo todo documentado y fundamentado.

Gracias y saludos.
 
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RUBENMEDRANOLUNA
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