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02/Feb/12 17:19
Oficio de Promoción SATIC 01 02

Muy buenas tardes a tod@s...
Solicitando de su amable asesoría en lo siguiente: resulta que en agosto pasado inicié la ampliación de mi casa, que es la de todos ustedes, y por un bache económico tuve que parar en noviembre y decir 'hasta luego' al maestro de obra y su cuadrilla, quedando en obra negra dicha ampliación (segunda planta). Hace unos días llegaron unos inspectores del IMSS a quererse meter hasta la cocina y subir a esta planta alta en obra negra, según ellos a 'revisar' :eek: ...a lo que por supuesto me negué. ¡cómo voy a dejar pasar así como así a cualquier desconocido sin orden judicial ni nada! Así que tomaron los datos de la licencia de construcción que está visible hacia la calle, y hoy llegan a entregarme un OFICIO de 'promoción' que palabras más, palabras menos dice que con fundamento en tal y tal 'se ha detectado que no ha presentado REGISTRO DE SATIC 01 Y/O 02... y con fundamento en tal y tal y tal se le invita para que acuda al Departamento de Auditoría a Patrones... en un plazo que no exceda a seis días hábiles.' :confused: En concreto, me permito preguntarles:

- ¿Debo entender esta 'invitación' como algo obligatorio?
- ¿Cómo me pueden forzar a inscribirme como patrón en el IMSS, si no hay un sólo albañil trabajando?
- Según me dicen estas personas, que si no acudo ellos van a valorar cuánto debo pagar de impuestos al IMSS y me van a 'obligar' según lo que va avanzada la obra... ¿es esto posible?

Considerando que si tuviera dinero, lógicamente lo ocuparía para terminar esa ampliación y no para regalarselo al IMSS, sin embargo me interesa cumplir pero ...¿así, casi casi a la fuerza?

Mucho les agradezco la atención prestada y esperando sus comentarios para saber qué SÍ y qué NO debo hacer...
 
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El_Mike
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02/Feb/12 18:54
Re: Oficio de Promoción SATIC 01 02

- ¿Debo entender esta 'invitación' como algo obligatorio?

Si, porque por ahora es una invitacion o desea que sea algo mas energica por parte de las autoridades


Usted, no niega la existencia de un obra por concluir. Peor por Usted. Y para acabarla de amolar, señala que tuvo trabajadores a su cargo. It's piece of cake. Mas facilito para los del Seguro, ni mandado hacer.

- ¿Cómo me pueden forzar a inscribirme como patrón en el IMSS, si no hay un sólo albañil trabajando?

Debe inscribir su obra y por lo pronto indicar que esta supendida y ponerse al corriente por la edificacion aplicada en su momento, ya que Usted señala este hecho.

- Según me dicen estas personas, que si no acudo ellos van a valorar cuánto debo pagar de impuestos al IMSS y me van a 'obligar' según lo que va avanzada la obra... ¿es esto posible?

Claro que es posible, ¿no entiendo porque la duda?

Considerando que si tuviera dinero, lógicamente lo ocuparía para terminar esa ampliación y no para regalarselo al IMSS, sin embargo me interesa cumplir pero ...¿así, casi casi a la fuerza?

Hay leyes en este pais. ¿No las conoce? Debe documentarse, el contratar obreros implica tener que cubrir cuotas de seguridad social. Que a varios no les llega el IMSS. Bueno, nomas no sea envidioso. Ellos tuvieron suerte de que no hayan trabajado y con Usted si. Pero, si Usted tiene ese pago de COP, entonces no debe preocuparse. Todo esta en regla y solo debe demostrar que con Usted la fortuna siempre le sonrie. No deja a la suerte, le haga un mal, sino todo lo contrario.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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02/Feb/12 19:06
Re: Oficio de Promoción SATIC 01 02

Con relacion a la forma de no permitirles la entrada, esta en todo su derecho. Totalmente.

Y espero que esas personas debieron respetar ese derecho.
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Me parece que exagera con parte de sus últimas palabras:
¿casi, casi, a la fuerza?


¿Fue la fuerza pública y le exigieron esas COP o en su defecto ya le embargaron o le realizaron señalamientos de bienes en custodia? ¿No dijo, en el inicio que fue una atenta invitacion? Estos ejemplos, si que es a fuerza, porque un juez o juzgado lo dice...

Atiéndala, antes de que deje ser atenta... Pero, aun y cuando no la atienda, la autoridad vendra gentilmente y le impondra un procedimiento mas formal, antes de llegar a ser mas agresivo y con procedimientos mas coactivos y beligerantes.

¿Digame como seria posible, ir con Usted a tratar de arreglar el asunto que tiene en su casa? LLevarian algun cafe y galletas para discutirlo y ver como han pasado las cosas.
 
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enrique9727
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03/Feb/12 01:12
Re: Oficio de Promoción SATIC 01 02

:neutral: Buenas noches. Lo que esas amables personas *sarcasmo* le van a aplicar, es el art. 18 del reglamento para trabajadores eventuales de la construcción. Aunque es una aplicación abusiva, para poder defenderse, se requiere que le determinen las cuotas omitidas x escrito. Claro que ellos nunca lo harán y querrán amedrentarlo, así que verbalmente NO haga caso a lo que le digan que pague. Todo x escrito.

Suerte,
El Lic.

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pepesoto
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04/Feb/12 03:24
Re: Oficio de Promoción SATIC 01 02

Debe cumplir con la ley. Es evidente una obra y si ocupo trabajadores debe cubrirlas de manera espontanea, es lo que esta esperando la autoridad que haga el tramite de la alta de construccion y luego como justifica la edificacion, para eso es el SATIC.

Al no proceder con el SATIC y si existe la obra. No le quedara otro camino a la autoridad de aplicar una determinacion PRESUNTIVA. Precisamente ese Art 18 comentado.

Si es abusiva o no esa disposicion, primero antes que nada toda presuntiva, jamas se apega a la realidad, y como es PRESUNTIVA, las estimaciones son de sobrada capacidad contributiva en resguardo del erario (las arcas del Gobierno). Precisamente la ley protege a quien cumple, pero a incumplido lo castiga severamente y mas cuando no se digna a dar la cara y procura regularizarse.

Quizas se anticipen y ya tengan un presuntiva. Tendra un tiempo razonable para desvirtuar la presuntiva, realizando los tramites y declaraciones correctas y correspondientes, antes de que la autoridad entonces si prosiga con su diligencia de una manera mas energica, ya mas dificil de convalidar sin descalabros economicos por multas por incumplimiento.

Cada contribuyente de alguna manera solo se va, undiendo o va sobresaliendo de la fiscalizacion por meritos propios.
 
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enrique9727
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06/Feb/12 23:48
Re: Oficio de Promoción SATIC 01 02

:neutral: Buenas noches.

- ¿Debo entender esta 'invitación' como algo obligatorio?
- ¿Cómo me pueden forzar a inscribirme como patrón en el IMSS, si no hay un sólo albañil trabajando?
- Según me dicen estas personas, que si no acudo ellos van a valorar cuánto debo pagar de impuestos al IMSS y me van a 'obligar' según lo que va avanzada la obra... ¿es esto posible?
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- Desafortunadamente, sip.
- No lo tiene hoy, los tuvo y estaban desprotegidos.
- Es lo que le había comentado, que segun el 18 del reglamento, se aplica una 'presuntiva' de cuotas omitidas.
- Más o menos, porque a pesar de que es una invitación, de todas formas hay que atenderla.

El Lic.

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pepesoto
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20/Abr/12 17:44
Re: Oficio de Promoción SATIC 01 02

Asi las cosas deben ser.... como ya le comentaron, el Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construccion por Obra o Tiempo Determinado, en su articulo primero cita lo siguiente:

''Las disposiciones de este reglamento norman las obligaciones y derechos
que, conforme a la Ley del Seguro Social, tienen las personas físicas o morales que se dediquen en forma permanente o esporádica a la actividad de la construcción y que contraten trabajadores por obra o tiempo determinado, así como de los trabajadores contratados en la forma antes mencionada que presten sus servicios en tal actividad.''

y este mismo articulo en su segunda fracción le reitera lo que es una obra de construcción;

''Obra de construcción: cualquier trabajo que tenga por objeto crear, construir, instalar, conservar, reparar, ampliar, demoler o modificar inmuebles, así como la instalación o incorporación en ellos de bienes muebles necesarios para su realización o que se le integren y todos aquellos de naturaleza análoga a los supuestos anteriores.''

Razónes suficientes por la cual lamentablemente queda usted obligado a cumplir ante el IMSS, y es de suma importancia que usted cumpla por las buenas, ya que el Instituto se las gasta ya que por su amplia experiencia sabe cuanto pudo haberse gastado en material, tiempo y personas para un metro cuadrado, y créame que los costos que ellos manejan estan muy elevados chequese los costos de mano de obra para la construccion y vera que no es mentira.

Saludos.
 
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jtorres0986
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13/Jun/12 17:47
Re: Oficio de Promoción SATIC 01 02

Revisa el articulo 15 B de la LSS, el acuerdo 699/2002 y el art. 4 del reglamento de construcción del IMSS.

Saludos
 
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Emmanuel_ramos
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14/Jun/12 12:42
Re: Oficio de Promoción SATIC 01 02

gracias son fundamentaciones muy solidas y precisas compañero, Ramos
 
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enrique9727
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14/Jun/12 23:21
Re: Oficio de Promoción SATIC 01 02

:neutral: Buenas noches. Aportaciones que nutren al foro. Si buscaban el acuerdo mencionado, lo encuentran aqui.

El Lic.


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pepesoto
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